Page 651 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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están obligados a llevar de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento citado”
Agricultura Ecológica
Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, cuya misión consiste en ser “auto- ridad de Control para la aplicación del Reglamento de la Unión Europea sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimen- ticios, el ejercicio de la función inspectora sobre los cultivos e instalaciones de los productores inscritos, así como de la contabilidad y sus justificantes, que éstos
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, que es el organismo, dependiente de la Consejería de
Otra cuestión que es importante reseñar sobre la medida de formación agroam- biental, es que la competencia para la gestión de los expedientes de concesión de las ayudas no se descentralizó en la delegaciones provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, como sí ocurrió en el resto de las medidas, en las que la tramitación de los expedientes se realiza en las provincias, con la intervención del personal, tanto de las delegaciones provinciales, como de las oficinas comarcales
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agrarias. Incluso en virtud de la Resolución de 31 de julio de 1997 , del Fondo
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Andaluz de Garantía Agraria , se delegan en los delegados provinciales de la
Consejería de Agricultura y Pesca las competencias en materia de determinadas subvenciones correspondientes a las medidas de acompañamiento de la Política Agraria Comunitaria. Entre ellas, el punto primero, en sus letras c) y d), hace referencia al Régimen de ayudas a Medidas Horizontales para fomentar métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección y la conser- vación del espacio natural, en concreto a las siguientes:
– Medida de Fomento de la Agricultura Extensiva.
– Medida de Fomento de las Razas Autóctonas en Peligro de Extinción. – Medida de Fomento de la Agricultura Ecológica.
260 La Orden de 5 de junio de 1996, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se publica el Reglamento de producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios y el Comité Andaluz de Agricultura Ecológica fue publicada en el BOJA núm. 71, de 22 de junio de 1996. En dicha Orden se configura el C.A.A.E. como organismo dependiente de la Consejería de Agricultura y Pesca, con el carácter de órgano desconcentrado, con capacidad para obligarse, plena responsabilidad y, atribuciones decisorias en las funciones que le encomienda el mencionado Reglamento.
261 Artículo 22 del Reglamento sobre Producción Agrícola Ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios y el Comité Andaluz de Agricultura Ecológica, publicado mediante la Orden de 5 de junio de 1996, citada más arriba.
262 BOJA núm. 98, de 23 de agosto de 1997.
263 El Decreto 332/1996, de 9 de julio, de la Consejería de Presidencia, por el que se crea el Fondo Andaluz de Garantía Agraria y se designa como organismo pagador de los gastos de la Política Agraria Común, fue publicado en el BOJA núm. 104, de 10 de septiembre. Este Decreto crea un nuevo servicio administrativo sin personalidad jurídica, adscrito a la Consejería de Agricultura y Pesca, y bajo la dependencia jerárquica de la Dirección General de Información y Gestión de Ayudas, el F.A.G.A., como se desprende de su propio enunciado. Será el encargado de ejercer las funciones de autorización, ejecución y contabilidad de los pagos relacionados con los gastos de la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria, según determina el apartado 2 del artículo 2, del citado Decreto.
III. ESTUDIO DE CASO
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