Page 970 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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EL PROGRAMA DE MEDIDAS AGROAMBIENTALES EN LA PROVINCIA DE HUELVA
 • Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
(BOE núm. 12, de 14 de enero de 1999).
• Real Decreto-Ley 9/2000, de 6 de octubre, de modificación del Real Decreto Le- gislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.
(BOE núm. 241, de 7 de octubre de 2000).
• Ley 6/2001, de 8 de mayo, para adaptarse a las variaciones que sufrió la Directiva 85/337/C.E.E., de 27 de junio de 1985.
(BOE núm. 111, de 9 de mayo de 2001).
• Ley 11/2001, de 5 de julio, por la que se crea la agencia de seguridad alimentaria. (BOE núm. 161, de 6 de julio de 2001).
• Real Decreto-Ley 9/2002, de 13 de diciembre, por el que se adoptan medidas para buques tanque que transporten mercancías peligrosas o contaminantes.
(BOE núm. 299, de 14 de diciembre de 2002).
• Ley 49/2002, de 23 de diciembre, reguladora del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
(BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 2002).
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003).
• Decreto 2412/1969, de 16 de octubre, de creación del Parque Nacional de Doñana. (BOE núm. 257, de 27 de octubre de 1969).
• Decreto 1194/1971, de 6 de mayo, por el que se declara de Interés Nacional deter- minadas Zonas Regables con aguas subterráneas del Plan Almonte-Marismas, en las provincias de Huelva y Sevilla.
(BOE núm. 136, de 8 de junio. Mediante este Decreto se inicia la transforma- ción en regadío del entorno del Parque Nacional de Doñana, con la extracción de aguas del acuífero no 27, aunque ya el Decreto 735/1971, de 3 de abril, en el que se recogen normas de carácter técnico y administrativo en cuanto a la explotación de las aguas subterráneas en determinadas áreas de Andalucía, indicaba la necesidad de medidas para el desarrollo del área de Almonte-Marismas, tras su declaración de interés nacional, mediante la captación de aguas subterráneas).
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