Page 21 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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rv FUNCIONES Y SERVICIOS TRANSFERIDOS
l.JUVENTUD Juventud
La Constitución, en el articulo 148, establece que las Comunidades Autónomas podrán asumircornperenciasenmateriadePremocióndeldeporteydelaadecuadautilizacióndel ocio,AsistenciaSocial,yenelartículo149reservaalEstadolaccmperenciaexclusivasobre Relaciones Internacionales. Igualmente, la Constitución, en el articulo 149.2, señala que, sin perjuiciodejasccmperenciasquepodránasumirlasComunidadesAutónomas,elEstadocon sidereraelserviciodelaculturacornodeberyatribuciónesencialyfacilitarálacomunicación culturalentrelasComunidadesAutónomas,deacuerdoconellas.
Por su parte, el Estatuto de Auronomfa para Andalucla establece en el arrículo 13, que corresponde a [a Comunidad Autónoma la competència exclusiva de las siguientes materias Asistencia y Servicios Sociales, Orientación y Planificación Familiar; Promoción de actividades y servicios para [a juventud y ln tercera edad, desarrollo comunitario, y deporte yacio.
El Real Decrero 575/1981, de 6 de rnarzo, atribuye al Organismo Autónomo Institute de [a Juventud y Promoción Comunitaria, funciones en materia de gestión y explotación de los Cen tras, Servicios y ESTablecimientos del Estado al servicio de los jóvenes y del desarrollo comuní tarie,asícomo[arealizacióndeactividadesparaaquellossectoresdepoblaciónsobrelosque adminiscrarivamenre ejerce su ccmpcrencia el Ministerio de Cultura.
Por Real Decreto 4096/1982, de 29 de diciembre, se traspasan a la Junta de Andalucía. dentro de su ámbito territorial, las siguientes funciones:
Enmateriadeasistenciasocialypromociónsocioculturalconespecialreferènciaalámbito de la juventud y desarrollo comunitario, y al amparo del enreulo 13, números 22 y 30 del Estatuto, y del artículo 148, apartado l , números 19 y 20. de la Constitución:
El estudio de los problemas juveniles, sin perjuicio de la coordinación que ha de estable cerseentrelosÓrganoscorrespondienœsde[aAdminisrraciéndelEstadoyde[aComu nidad Autónoma.
ElfomentodelacooperaciónjuvenilenelámbitoterritorialdeAndalucía.
Elapoyoaldesarrollode[aactividadasociativajuvenilenelrerriroriodeAndalucfa,asc comoelfomentodelapcrticipaciôndelajuventudenlascuestionesrelativasacompe reneins del Departamento y en el mismo ámbito territorial.
La dirección, gesciòn y, en su caso, titularidad de las Casas de Juventud, Clubes Juveniles, Centros Sociales, Guarderías e lnsralaciones Recreanvo-Dcporcivas que, hasta ahora. ccrrespcndran al Institute de la Juventud en el ámbito de Andalucía.
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