Diferencia entre revisiones de «Matriculación»

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Trámites especiales de matrícula:
 
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* Convalidación de módulos de FP
 
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==Relación de matrículas==
 
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==Convalidaciones (Formación Profesional)==
 
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=== INFORMACIÓN GENERAL ===
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* Para solicitar la convalidación de módulos profesionales hay que estar previamente matriculado en ellos.
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* Haber cursado enseñanzas superiores no siempre da derecho a la convalidación de enseñanzas relacionadas de menor nivel, aunque en ambas haya materias con nombres similares.
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* Si se aportan Módulos Profesionales LOGSE o LOE: La misma calificación. En aquellos casos, en los que la convalidación exija considerar más de un módulo profesional, la calificación final será el resultado del cálculo de la media aritmética de las calificaciones obtenidas en dichos módulos, y se seleccionará el número entero más próximo. Para el resto de formaciones: CONVALIDADO.
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* Una materia convalidada no puede alegarse para conseguir la convalidación de otra nueva. Solo se pueden alegar aquellas materias que hayan sido realmente cursadas y superadas.
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* Los módulos profesionales transversales (mismo código y denominación LOE) se reconocen con la misma calificación en los diferentes grados sin ningún tipo de convalidación. (Arrastre de nota).
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* No se puede solicitar la convalidación ni la exención del módulo profesional de Proyecto en ningún caso. Tampoco se pueden solicitar convalidaciones en las pruebas libres.
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'''IMPORTANTE:''' El centro debe remitir la solicitud para su convalidación a la '''Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional''', cuando los estudios aportados son los siguientes:
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* Estudios Universitarios oficiales
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* Títulos de Formación Profesional y Módulos Experimentales de Nivel II o Nivel III, regulados al amparo de la Ley 14/1970, de 4 de agosto General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa
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* Módulos Profesionales derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (LOE) y la persona está matriculada en Módulos Profesionales derivados de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (LOGSE)
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=== CONVALIDACIONES HABITUALES ===
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-Formación y Orientación Laboral (FOL)
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* FOL de otro ciclo formativo, cualquiera que sea el grado, incluso en grados cruzados.
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* FOL LOGSE + formación en el nivel básico de Prevención de Riesgos Laborales (PRL). Sirve cualquier curso de PRL impartido por alguna entidad legalmente constituida, de una duración no inferior a 30 horas y cuyos contenidos incluyan los que indica el anexo IV del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero (BOE de 31), por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
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-Empresa e Iniciativa Emprendedora (EIE)
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* EIE de otro ciclo formativo, cualquiera que sea el grado, incluso en grados cruzados.
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* Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa (o similar).
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* Técnico en Gestión administrativa o Técnico superior en Administración y finanzas.
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-Inglés
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* Inglés LOGSE de grado medio o grado superior para Grado Medio y LOGSE superior para Grado Superior.
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* Nivel B1 de la Escuela Oficial de Idiomas (grado medio) o B2 (grado superior)
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* Titulación universitaria de Filología Inglesa o de Traducción e Interpretación en Inglés.
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-Segunda Lengua Extranjera
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* Segunda lengua extranjera LOGSE.
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* Nivel B1 de la Escuela Oficial de Idiomas.
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* Titulación universitaria de Filología o de Traducción e Interpretación en la lengua extranjera.
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-En los anexos del Real Decreto 1085/2020 de 9 de diciembre pueden consultarse el resto de convalidaciones preestablecidas.
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=== PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ===
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* '''Si resuelve el centro''', el alumno puede presentar la solicitud de convalidación (Anexo XII) una vez está matriculado, no hay plazo definido.
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* '''Si resuelve la Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional''' se inicia el día en que comienza el curso escolar y finaliza el último día del curso escolar. Sólo se podrá presentar una única solicitud de convalidación por curso académico.Se tratarán con preferencia los expedientes presentados desde el inicio del plazo para realizar la matrícula hasta la finalización del mes de octubre de cada curso escolar.
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<small>'''DOCUMENTACIÓN:'''</small>
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-Para solicitar la convalidación de '''módulos profesionales''', el solicitante deberá presentar ante la dirección del centro docente en el que se encuentra matriculado la siguiente documentación:
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* Modelo de solicitud establecido. Anexo V del Real Decreto 1085/2020 de 9 de diciembre si es para el Ministerio de Educación o el Anexo XII de la Junta de Andalucía dirigido al centro. Debe indicarse el código y la denominación exacta del módulo profesional del que se solicita.
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* Certificación académica oficial en la que conste la calificación obtenida en las materias o los módulos profesionales cursados.
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-En caso de que el solicitante pida una convalidación de módulos profesionales '''con estudios universitarios cursados''', deberá, además, aportar la siguiente documentación:
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* Original o copia simple de los programas oficiales de las materias o asignaturas cursadas, debidamente sellados por el centro universitario correspondiente.
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* Certificación de la universidad en la conste que los programas que se adjuntan son los realmente cursados y superados por el alumno o alumna.
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-En caso de que el solicitante pida la convalidación de módulos profesionales con '''unidades de competencia oficialmente acreditadas''', deberá aportar la documentación siguiente:
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* Certificación oficial de la Administración competente, si las unidades de competencia han sido adquiridas mediante un procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
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* Certificado de Profesionalidad expedido por la Administración Laboral competente, obtenido de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
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=== SÉNECA: ===
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Seguimos la ruta: '''''ALUMNADO/MATRICULACIÓN/TRÁMITES ESPECIALES DE MATRÍCULA/CONVALIDACIÓN DE MÓDULOS FP'''''
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[[Archivo:Pantalla de convalidaciones en Séneca.png|miniaturadeimagen|centro|Pantalla de Convalidaciones en Séneca]]
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Podemos crear un nuevo registro de convalidación clicando el icono superior derecho (Nuevo), a continuación seleccionamos al alumno, para ello tenemos dos opciones:
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* Seleccionando el curso en el que está matriculado el alumnado solicitante de la convalidación, y validando esta opción, se accede a la pantalla que muestra todo el alumnado del curso, desde donde se escogerá al alumnado correspondiente.
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* Haciendo clic sobre el curso y cumplimentando los espacios con los datos del alumnado solicitante de convalidación, antes de aceptar.
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Clicamos el alumno y nos dará la opción "Seleccionar alumno".
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[[Archivo:Selección de alumnos.png|miniaturadeimagen|centro|Selección de alumnos]]
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El siguiente paso es grabar la fecha de presentación y seleccionar las asignaturas en cuestión, indicando en el desplegable el sentido de la resolución, favorable o no favorable; la ley o nivel educativo correspondiente y la calificación en el caso de "LOGSE/LOE". Posteriormente se cumplimentarán los apartados Convalida con sus estudios de/ Circunstancias que motivan la solicitud y adjuntamos el documento acreditativo de la misma.
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[[Archivo:Detalle de la solicitud.png|miniaturadeimagen|centro|Grabación de datos de la convalidación]]
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Finalmente grabamos la fecha de resolución y confirmamos la operación. Una vez confirmada aparecerá en la pantalla principal. Desde ella, seleccionando al alumno encontraremos la opción “imprimir solicitud” e “imprimir resolución” para poder entregarla al interesado, previamente firmada por el director del centro.
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'''ENLACES DE INTERÉS'''
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-[https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/formacion-profesional-andaluza/estudiante/posibilidades-tras-formarme/convalidaciones-modulos Convalidación de módulos profesionales Junta de Andalucía]
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-[https://todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/convalidaciones.html#cla-01-02 TodoFP-Convalidaciones]
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'''NORMATIVA:'''
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Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
  
 
== Cambio del número de expediente del alumno en el centro ==
 
== Cambio del número de expediente del alumno en el centro ==
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==Anulación de matrícula==
 
==Anulación de matrícula==
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=== Texto de título ===
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==== Bajas de matrículas ====
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=== '''ESO''' ===
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- Se continúa anotando la falta como Injustificada, y es el Inspector/a de Zona quien decide qué hacer con el proceso si dar de baja o continuar poniéndo faltas.
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-
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=== Anulamos matrícula ===
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Cuando sea para matricularse en otro centro o en otro curso. Ejemplo al Aula Específica en la que anulamos matrícula de ESO o FP y abrimos nueva matrícula. “Ojo”  siempre que autoricen los tutores legales y exista informe del EOE.
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=== '''FP:''' ===
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- La anulación debe cumplir los requisitos que se indican en el impreso. En este caso no pierde convocatoria.
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Dar baja de oficio- al faltar y tener más de 10  en el primer trimestre o en el segundo trimestre más de 25. En este caso pierde convocatoria
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“OJO” - Si anulamos perdemos los datos del alumno/a.
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Orden 20 de febrero 2020:
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1. La dirección de los centros docentes, a petición razonada del alumno o alumna o, si es menor de edad, de su padre, madre, tutor o guardador, antes de finalizar el mes de abril de cada curso y cuando las causas alegadas imposibiliten la asistencia del alumno o alumna a clase, podrá dejar sin efecto su matrícula en bachillerato. En este caso, la matrícula no será computada a los efectos del número máximo de años de permanencia en esta enseñanza.
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2. Asimismo, la dirección de los centros docentes, antes del 31 de octubre de cada año, deberá recabar del alumnado que no se haya incorporado o que no asista a las actividades lectivas la información precisa sobre los motivos que provocan tal circunstancia con objeto de dejar sin efecto la matrícula en la citada enseñanza, en los casos que proceda, y poder matricular a otras personas solicitantes. En el caso del alumnado menor de edad, la referida información se recabará de sus representantes legales.
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3. Se considerará como causa justificada y, en consecuencia, no se dejará sin efecto la matrícula, la ausencia del alumno o alumna por estar realizando estudios en el extranjero, siempre que la fecha prevista de reincorporación sea dentro del año académico en curso o en el siguiente.
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===== RUTA Séneca =====
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: Alumnado/Matriculación/Relación de matrículas/curso/ seleccionamos alumno/clic y se despliega una pantalla/anular matrícula.
  
 
==Comprobación pago seguro escolar==
 
==Comprobación pago seguro escolar==
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A partir de 3º de la E.S.O. es obligatorio pagar el seguro escolar, actualmente es 1,12€.
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Se puede pagar en efectivo y de forma telemática, en el proceso de matriculación.
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Para poder comprobar los pagos que se han realizado de forma telemática, la principal vía es:
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Alumnado/ Matriculación/ Sobre de Matrícula/ Comprobación pago seguro escolar y marcamos el curso en cuestión.
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A veces, da un fallo y hay ciertos alumnos que han pagado de forma telemática y no nos aparece en séneca, por lo que tenemos otra forma de comprobarlo mediante la secretaría virtual pero es más lenta y habría que hacerlo alumno por alumno.
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Lo comprobaremos por la secretaría virtual cuando el alumno insiste en que ha pagado y no aparece en el primer listado.
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Accedemos a la web de la secretaría virtual y hacemos clic en pago seguro escolar. Ahora insertamos el dni, fecha de nacimiento del alumno y código del centro. Y de esta forma podemos ver si ha sido pagado o no.
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[[Archivo:Pago seguro escolar secretaria virtual.png|miniaturadeimagen|centro|Secretaría virtual - Comprobación pago seguro escolar]]

Revisión actual del 07:53 3 may 2024

En esta página se recoge cómo se efectúa el procedimiento de matriculación del alumnado en los centros educativos.

ESO: Al no existir recuperación en septiembre, matriculación masiva.

La Delegación envía instrucciones donde se recogen plazos. Suelen ser plazos diferentes:

  • ESO
  • AULA ESPECÍFICA
  • FPB
  • Periodo de transición a la vida adulta y laboral.

La matrícula se puede presentar de forma presencial en el centro o de forma telemática (Secretaría Virtual).

Presencial:

  • ESO - Anexo VII
  • BACHILLERATO - Anexo VIII

Ruta Séneca: Alumnado/Matriculación/Relación de matrículas.

Debe entregarse el cuestionario de FONDOS EUROPEOS.

Relación de matrícula/curso/nueva solicitud.

Trámites especiales de matrícula:

  • Convalidación de módulos de FP

Relación de matrículas

Relación de expedientes (traslados)

Cambio de materias

Al principio de curso, hay mucho movimiento porque el alumnado de ESO y Bachillerato, dependiendo de quién da la asignatura o porque no era lo que creía, quiere cambiar de optativas, por ejemplo. Si se nos presenta esta circunstancia, le podemos dar un expone solicita y se lo damos al jefe de estudios, previo paso por registro. Él tiene la potestad de decisión, no nosotros. Si se trata del alumnado de FP, este puede optar por ampliar o renunciar a módulos. Si quiere ampliar matrícula, debemos ponernos en contacto con el jefe de departamento de dicho ciclo y preguntarle si hay plazas libres. De ser así, podemos proceder a ampliar la matrícula. Otra cosa muy distinta es si se trata de alumnado repetidor que quiere ampliar matrícula. En este caso, le daremos un impreso según el ciclo del que se trate y que nos lo cumplimente. Una vez pasado por el registro, se lo daremos al jefe de departamento o al de estudios y que sean ellos quienes decidan si es compatible su petición con la asignatura de 1º.

Renuncia a convocatoria de módulos

Recomendamos que haya una constancia por escrito de todos los trámites que el alumnado desee llevar a cabo (ampliación, renuncia…). Así tendremos una prueba ante posibles problemas.

Se nos puede dar el caso de que el alumnado, una vez matriculado de un ciclo formativo de Grado Medio/Superior, quiera renunciar a algún módulo. La ruta sería: Alumnado/Matriculación/relación de matrículas. Eliges el ciclo formativo en el que está matriculada dicha persona. Te aparecerán todos los que están cursando ese ciclo formativo. Haces clic con el botón derecho sobre la persona que quiere renunciar a la materia. Saldrá este menú:

Materias de la matrícula

Hay que elegir Materias de la matrícula. Si es antes de la primera evaluación, el procedimiento sería el siguiente:

renuncia a convocatoria de módulos2

En la pantalla, tendrás una visión general de las asignaturas en las que está matriculada dicha persona.

renuncia a convocatoria de módulos3

Desmarcamos la asignatura de la que el alumnado quiere quitarse:

renuncia a convocatoria de módulos 4

Nos aparecerá el siguiente aviso:

renuncia a convocatoria de módulos 5

Y nos vuelve a mostrar como matriculada la asignatura que queríamos quitar:

renuncia a convocatoria de módulos 6

Entonces, como ya ha sido evaluada en el primer trimestre o se ha bloqueado la matriculación desde Delegación, hay que optar por otro camino: La ruta es Alumnado/Matriculación/Trámites especiales de matrículas/Renuncia a convocatoria de módulos de FP. Te saldrá el listado del alumnado que ya ha renunciado este curso a algunos módulos.

renuncia a convocatoria de módulos 7

Si el alumnado en cuestión ya está en la lista, hay que seguir el siguiente procedimiento: Se selecciona al alumnado y se elige detalle.

renuncia a convocatoria de módulos 8


renuncia a convocatoria de módulos 9

Se hace clic en el cuadrado delante de la asignatura de la que quiere quitarse. En el desplegable, se opta por Favorable. En Circunstancias que motivan la solicitud, que es campo obligatorio, se elige del desplegable la opción que más se aproxime a la realidad. Puedes optar por estos motivos: Enfermedad prolongada o accidente del alumno o alumna. Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas del ciclo formativo. Por cuidado de hijo/a menor de 16 meses o por accidente grave, enfermedad grave y hospitalización del cónyuge o análogo y de familiares hasta segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad. Cancelación a petición del alumno como consecuencia del procedimiento de las listas de espera. Homologación desfavorable. Otras causas que impidan el normal desarrollo de los estudios.

En documentación que se adjunta, añadimos el documento que ha firmado el alumnado, bien un expone solicita o el impreso oficial de renuncia de módulos profesionales de FP con los que cuenta la Junta de Andalucía y le ponemos una descripción (por ejemplo: solicitud de renuncia). Si nos aporta contrato de trabajo y DNI, hacemos un único pdf, lo comprimimos para que no pese tanto y lo subimos.

En circunstancias que motivan la solicitud podemos elegir una de las siguientes o la que más se parezca a la realidad:

renuncia a convocatoria de módulos 10

Después de terminar el procedimiento, comprobamos que se ha hecho yendo a la pantalla inicial de renuncia a convocatoria de módulos de FP. Y vemos que, efectivamente, se ha realizado con éxito.

renuncia a convocatoria de módulos 11

Como ese alumnado ya había presentado antes una solicitud de renuncia a cursar alguna asignatura, vemos que, en Detalle, hay dos ficheros adjuntos, con la fecha y descripción.

renuncia a convocatoria de módulos 12

Si el alumnado no tiene una solicitud de renuncia a convocatoria de módulos de FP este curso, el procedimiento sería igual que el anterior, salvo que, en la pantalla principal hay que darle al icono añadir de la esquina superior derecha:

renuncia a convocatoria de módulos 13

Buscamos al alumnado con sus datos personales en el formulario que nos aparece a continuación de darle al botón añadir:

renuncia a convocatoria de módulos 14

Buscamos a la persona interesada para añadirla y se sigue con el procedimiento explicado anteriormente.

Ampliar matrícula (Formación Profesional)

Convalidaciones (Formación Profesional)

INFORMACIÓN GENERAL

  • Para solicitar la convalidación de módulos profesionales hay que estar previamente matriculado en ellos.
  • Haber cursado enseñanzas superiores no siempre da derecho a la convalidación de enseñanzas relacionadas de menor nivel, aunque en ambas haya materias con nombres similares.
  • Si se aportan Módulos Profesionales LOGSE o LOE: La misma calificación. En aquellos casos, en los que la convalidación exija considerar más de un módulo profesional, la calificación final será el resultado del cálculo de la media aritmética de las calificaciones obtenidas en dichos módulos, y se seleccionará el número entero más próximo. Para el resto de formaciones: CONVALIDADO.
  • Una materia convalidada no puede alegarse para conseguir la convalidación de otra nueva. Solo se pueden alegar aquellas materias que hayan sido realmente cursadas y superadas.
  • Los módulos profesionales transversales (mismo código y denominación LOE) se reconocen con la misma calificación en los diferentes grados sin ningún tipo de convalidación. (Arrastre de nota).
  • No se puede solicitar la convalidación ni la exención del módulo profesional de Proyecto en ningún caso. Tampoco se pueden solicitar convalidaciones en las pruebas libres.

IMPORTANTE: El centro debe remitir la solicitud para su convalidación a la Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional, cuando los estudios aportados son los siguientes:

  • Estudios Universitarios oficiales
  • Títulos de Formación Profesional y Módulos Experimentales de Nivel II o Nivel III, regulados al amparo de la Ley 14/1970, de 4 de agosto General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa
  • Módulos Profesionales derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (LOE) y la persona está matriculada en Módulos Profesionales derivados de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (LOGSE)

CONVALIDACIONES HABITUALES

-Formación y Orientación Laboral (FOL)

  • FOL de otro ciclo formativo, cualquiera que sea el grado, incluso en grados cruzados.
  • FOL LOGSE + formación en el nivel básico de Prevención de Riesgos Laborales (PRL). Sirve cualquier curso de PRL impartido por alguna entidad legalmente constituida, de una duración no inferior a 30 horas y cuyos contenidos incluyan los que indica el anexo IV del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero (BOE de 31), por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

-Empresa e Iniciativa Emprendedora (EIE)

  • EIE de otro ciclo formativo, cualquiera que sea el grado, incluso en grados cruzados.
  • Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa (o similar).
  • Técnico en Gestión administrativa o Técnico superior en Administración y finanzas.

-Inglés

  • Inglés LOGSE de grado medio o grado superior para Grado Medio y LOGSE superior para Grado Superior.
  • Nivel B1 de la Escuela Oficial de Idiomas (grado medio) o B2 (grado superior)
  • Titulación universitaria de Filología Inglesa o de Traducción e Interpretación en Inglés.

-Segunda Lengua Extranjera

  • Segunda lengua extranjera LOGSE.
  • Nivel B1 de la Escuela Oficial de Idiomas.
  • Titulación universitaria de Filología o de Traducción e Interpretación en la lengua extranjera.

-En los anexos del Real Decreto 1085/2020 de 9 de diciembre pueden consultarse el resto de convalidaciones preestablecidas.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

  • Si resuelve el centro, el alumno puede presentar la solicitud de convalidación (Anexo XII) una vez está matriculado, no hay plazo definido.
  • Si resuelve la Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional se inicia el día en que comienza el curso escolar y finaliza el último día del curso escolar. Sólo se podrá presentar una única solicitud de convalidación por curso académico.Se tratarán con preferencia los expedientes presentados desde el inicio del plazo para realizar la matrícula hasta la finalización del mes de octubre de cada curso escolar.


DOCUMENTACIÓN:

-Para solicitar la convalidación de módulos profesionales, el solicitante deberá presentar ante la dirección del centro docente en el que se encuentra matriculado la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud establecido. Anexo V del Real Decreto 1085/2020 de 9 de diciembre si es para el Ministerio de Educación o el Anexo XII de la Junta de Andalucía dirigido al centro. Debe indicarse el código y la denominación exacta del módulo profesional del que se solicita.
  • Certificación académica oficial en la que conste la calificación obtenida en las materias o los módulos profesionales cursados.

-En caso de que el solicitante pida una convalidación de módulos profesionales con estudios universitarios cursados, deberá, además, aportar la siguiente documentación:

  • Original o copia simple de los programas oficiales de las materias o asignaturas cursadas, debidamente sellados por el centro universitario correspondiente.
  • Certificación de la universidad en la conste que los programas que se adjuntan son los realmente cursados y superados por el alumno o alumna.

-En caso de que el solicitante pida la convalidación de módulos profesionales con unidades de competencia oficialmente acreditadas, deberá aportar la documentación siguiente:

  • Certificación oficial de la Administración competente, si las unidades de competencia han sido adquiridas mediante un procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
  • Certificado de Profesionalidad expedido por la Administración Laboral competente, obtenido de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.


SÉNECA:

Seguimos la ruta: ALUMNADO/MATRICULACIÓN/TRÁMITES ESPECIALES DE MATRÍCULA/CONVALIDACIÓN DE MÓDULOS FP

Pantalla de Convalidaciones en Séneca

Podemos crear un nuevo registro de convalidación clicando el icono superior derecho (Nuevo), a continuación seleccionamos al alumno, para ello tenemos dos opciones:

  • Seleccionando el curso en el que está matriculado el alumnado solicitante de la convalidación, y validando esta opción, se accede a la pantalla que muestra todo el alumnado del curso, desde donde se escogerá al alumnado correspondiente.
  • Haciendo clic sobre el curso y cumplimentando los espacios con los datos del alumnado solicitante de convalidación, antes de aceptar.

Clicamos el alumno y nos dará la opción "Seleccionar alumno".

Selección de alumnos

El siguiente paso es grabar la fecha de presentación y seleccionar las asignaturas en cuestión, indicando en el desplegable el sentido de la resolución, favorable o no favorable; la ley o nivel educativo correspondiente y la calificación en el caso de "LOGSE/LOE". Posteriormente se cumplimentarán los apartados Convalida con sus estudios de/ Circunstancias que motivan la solicitud y adjuntamos el documento acreditativo de la misma.

Grabación de datos de la convalidación

Finalmente grabamos la fecha de resolución y confirmamos la operación. Una vez confirmada aparecerá en la pantalla principal. Desde ella, seleccionando al alumno encontraremos la opción “imprimir solicitud” e “imprimir resolución” para poder entregarla al interesado, previamente firmada por el director del centro.


ENLACES DE INTERÉS

-Convalidación de módulos profesionales Junta de Andalucía

-TodoFP-Convalidaciones


NORMATIVA:

Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Cambio del número de expediente del alumno en el centro

En este apartado podemos cambiar el número de expediente que Séneca genera automáticamente a cada alumno matriculado por el que nosotros llevemos en nuestro orden. Para ello tenemos que proceder de la siguiente manera:

Dentro de matriculación, pinchamos en relación de matrículas, seleccionamos año y curso. Aparecerá un listado con todos los alumnos matriculados en el año seleccionado y el curso seleccionado. Buscamos al alumno que nos interese y pinchamos sobre él. Aparecerá muchas opciones, entre las cuales debemos pinchar sobre “Expedientes del alumno/a”.

Relación de matriculas1.jpg

Después pinchamos sobre el número del expediente que Séneca le ha otorgado y seleccionamos la opción “Detalle del expediente en el centro”.

Detalle del expediente en el centro1.jpg

Se nos mostrará una nueva ventana y aquí ya podremos modificar el número de expediente que tiene. Para finalizar, no debemos olvidar marcar sobre el TIC para guardar cambios.

Número expediente.jpg

Anulación de matrícula

==

Texto de título

Bajas de matrículas

ESO

- Se continúa anotando la falta como Injustificada, y es el Inspector/a de Zona quien decide qué hacer con el proceso si dar de baja o continuar poniéndo faltas.

-

=== Anulamos matrícula ===
Cuando sea para matricularse en otro centro o en otro curso. Ejemplo al Aula Específica en la que anulamos matrícula de ESO o FP y abrimos nueva matrícula. “Ojo”  siempre que autoricen los tutores legales y exista informe del EOE.

FP:

- La anulación debe cumplir los requisitos que se indican en el impreso. En este caso no pierde convocatoria.

Dar baja de oficio- al faltar y tener más de 10 en el primer trimestre o en el segundo trimestre más de 25. En este caso pierde convocatoria “OJO” - Si anulamos perdemos los datos del alumno/a. Orden 20 de febrero 2020: 1. La dirección de los centros docentes, a petición razonada del alumno o alumna o, si es menor de edad, de su padre, madre, tutor o guardador, antes de finalizar el mes de abril de cada curso y cuando las causas alegadas imposibiliten la asistencia del alumno o alumna a clase, podrá dejar sin efecto su matrícula en bachillerato. En este caso, la matrícula no será computada a los efectos del número máximo de años de permanencia en esta enseñanza. 2. Asimismo, la dirección de los centros docentes, antes del 31 de octubre de cada año, deberá recabar del alumnado que no se haya incorporado o que no asista a las actividades lectivas la información precisa sobre los motivos que provocan tal circunstancia con objeto de dejar sin efecto la matrícula en la citada enseñanza, en los casos que proceda, y poder matricular a otras personas solicitantes. En el caso del alumnado menor de edad, la referida información se recabará de sus representantes legales. 3. Se considerará como causa justificada y, en consecuencia, no se dejará sin efecto la matrícula, la ausencia del alumno o alumna por estar realizando estudios en el extranjero, siempre que la fecha prevista de reincorporación sea dentro del año académico en curso o en el siguiente.

RUTA Séneca
Alumnado/Matriculación/Relación de matrículas/curso/ seleccionamos alumno/clic y se despliega una pantalla/anular matrícula.

Comprobación pago seguro escolar

A partir de 3º de la E.S.O. es obligatorio pagar el seguro escolar, actualmente es 1,12€. Se puede pagar en efectivo y de forma telemática, en el proceso de matriculación. Para poder comprobar los pagos que se han realizado de forma telemática, la principal vía es:

Alumnado/ Matriculación/ Sobre de Matrícula/ Comprobación pago seguro escolar y marcamos el curso en cuestión.

A veces, da un fallo y hay ciertos alumnos que han pagado de forma telemática y no nos aparece en séneca, por lo que tenemos otra forma de comprobarlo mediante la secretaría virtual pero es más lenta y habría que hacerlo alumno por alumno.

Lo comprobaremos por la secretaría virtual cuando el alumno insiste en que ha pagado y no aparece en el primer listado.

Accedemos a la web de la secretaría virtual y hacemos clic en pago seguro escolar. Ahora insertamos el dni, fecha de nacimiento del alumno y código del centro. Y de esta forma podemos ver si ha sido pagado o no.

Secretaría virtual - Comprobación pago seguro escolar