Nominaciones premio al trámite absurdo

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El sentido de esta wiki es mejorar la eficiencia de los procedimientos.

Con ánimo constructivo y con un poco de humor creamos esta sección, donde a modo de reflexión, podemos poner los trámites que consideremos que no sirven para nada, indicando claro está, el motivo. Se puede discutir, para eso está la pestaña de discusión.

Cartas de presentación en el Servicio Andaluz de Empleo

La carta de presentación es un documento que se le entrega a los candidatos de las ofertas para que se presenten a la entrevista con la empresa ofertante, por un lado obliga a la empresa a atenderlos presencialmente y por otro lado obliga al demandante a presentarse a la entrevista y a devolver este documento una vez sellado por la empresa en la oficina de empleo, recibiendo de esta un recibo de haberse presentado a dicha oferta.

Así se hacían las entrevistas de trabajo hace 20 años pero ahora…

La selección se hace en un primer lugar por currículum, entrevista telefónica o videollamada, solicitando los documentos (títulos experiencia, etc) por correo o por whatsapp de tal manera que la carta de presentación no se puede sellar presencialmente.

Pero en la carta de presentación aparece la siguiente amenaza “Asimismo, le adjuntamos informe-respuesta a cumplimentar por la empresa ofertante, documento que deberá devolver a su Oficina del SAE en el plazo de 5 días hábiles a partir de la fecha de la entrevista. La no comparecencia a esta convocatoria o negativa a la disponibilidad para esta oferta, puede suponer la pérdida de los derechos derivados de su inscripción, según se contempla en la legislación vigente.”

Propongo eliminar este trámite de carta de presentación y que los datos de contacto (teléfono y correo electrónico) aparezcan en la petición de resultados que se le envía a la empresa para que la empresa los llame a todos y en el caso de que la empresa diga que no ha podido contactar con alguien, pedir explicaciones al candidato (y si algún candidato no ha sido llamado, pedir explicaciones a la empresa).

Y así evitamos:

  1. Que el candidato tenga que desplazarse a la oficina para recoger o imprimir la carta.
  2. Que tenga que desplazarse a la empresa.
  3. Que tenga que devolverla.
  4. Que la empresa tenga que recibir a candidatos que no quiere recibir.
  5. Una carga importante de trabajo en la oficina recibiendo cartas de presentación y dando recibos.
  6. Que algún candidato se presente en la empresa a exigir que le sellen la carta para que "no le corten el paro".
  7. Evitamos también amenazar, que a nadie le gusta una amenaza. Lo que debemos hacer es servir.

Obligatoriedad de la inscripción como demandante para percibir una prestación por desempleo

Creo que no debe faltar en esta sección el trámite entre los trámites: que se obligue a todas aquellas personas que deseen cobrar una prestación a estar inscritos como demandantes de empleo.

Dado que la vida laboral de una persona usuaria ya aporta la información sobre si una persona está o no trabajando en un momento determinado, ¿qué conseguimos obligando a todas las personas que se ven en la desagradable necesidad de solicitar una prestación a pasar por un organismo en cuya intermediación no tienen por qué creer o estar interesadas?

Una parte importante de nuestro tiempo se emplea en dar soporte a la actividad de SEPE, ¿no estaría mejor empleado en dar una atención más intensiva y un seguimiento a aquellas personas que estén interesadas en nuestros servicios?

Hay que tener solicitada la ocupación de la oferta para inscribirse en ella. SAE

Muchas veces las personas quieren inscribirse en una oferta y no tienen solicitada la ocupación, la manera de hacerlo es dirigiéndose a la oficina de empleo donde le añadirán o cambiarán la ocupación solicitada.

Esto además de ser una molestia para el demandante, es una carga de trabajo importante para la oficina y un poco absurdo porque en otra oferta posterior que le interese al demandante, se deshará el cambio que hemos hecho para poner otra ocupación.

Propongo que las personas puedan apuntarse a ofertas en difusión sin tener la ocupación, siempre que la oferta admita un nivel profesional básico, no requiera experiencia obligatoria y que la persona cumpla otros requisitos obligatorios (si los hubiera) de la oferta.

Realmente algo "parecido" a esto ya se puede hacer registrando emparejamiento por “titulación” o “sin ocupación” pero no tenemos permiso para hacerlo así en todas las ofertas.

Preaviso de ofertas públicas SAE (TRÁMITE ELIMINADO)

En un momento anterior, cuando había prioridad según la velocidad con la que te apuntabas a las ofertas de empleo, se preavisaba 2 días antes de publicitar la oferta para que todo el mundo estuviera informado y en igualdad de condiciones, ahora que ya no importa el momento en el que te apuntes a la oferta dentro de los 5 días que estará publicada, se sigue haciendo de tal manera que se retrasa la gestión 2 días (y si después de esos 2 días es sábado o domingo, 3 o 4 días) no sé si es necesario anunciarlo, pero esperar 2 días para empezar a difundir la oferta no es algo eficiente.