Page 211 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
P. 211
7. ANEXO II. ORDENANZA DE SUBVENCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE SUBVENCIONES
De no producirse discrepancia el Área continuará la tramitación del expediente de reintegro.
En caso de producirse alegaciones de los interesados las mismas, junto con la opinión del Área gestora, deberán ser trasladadas a la Intervención para la emisión de informe sobre las alegaciones en plazo de un mes. Si dicho Informe resuelve las alegaciones en el sentido de ratificar el reintegro, y existe discordan- cia con el criterio del Área, la Intervención Provincial asumirá la tramitación del Informe-Propuesta de Reintegro.
2. Si en el plazo de un mes establecido en el párrafo primero del punto anterior el Área no inicia el expediente de reintegro ó bien plantea discrepancia con las conclusiones del Informe de control financiero, la Intervención asumirá el plan- teamiento de dicha discrepancia y en ambos casos la tramitación del Informe- Propuesta de Reintegro.
tÍtulo VI InFRaCCIones Y sanCIones
artículo 46. Infracciones y responsables.
1. Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las ac- ciones y omisiones tipificadas en la Ley General de Subvenciones y serán sancio- nables incluso a título de simple negligencia.
2. Serán responsables de las infracciones administrativas en materia de sub- venciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como los colectivos ciudadanos y entes sin personalidad, que tengan la condición de beneficiarios de subvenciones. Igualmente serán responsables las entidades colaboradoras y los representantes legales de los beneficiarios de subvenciones que carezcan de capacidad de obrar.
artículo 47. procedimiento sancionador.
El procedimiento sancionador se ajustará a lo previsto en los artículos 54 a 58 y 66 a 69 de la LGS. Podrán imponerse las sanciones que, asimismo, se tipifican en los artículos 59 a 63 de la LGS. Las infracciones y sanciones prescribirán transcu- rridos los plazos que señala el artículo 65 de la LGS.
211