Page 441 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
P. 441

559
abril , el cual establece disposiciones de aplicación del anterior. Nuevamente
se hace alusión al necesario incentivo económico para lograr la participación del mayor número posible de agricultores y ganaderos andaluces.
“Como consecuencia de la diferente sensibilidad agroambiental de los dis- tintos países de la UE, encontramos también una diversidad importante en la cuantía de las ayudas concedidas dentro del programa. El Reglamento elaborado por la Comisión Europea lo único que hace es establecer el lími- te máximo de la ayuda, correspondiéndole al Estado miembro fijar en su norma interna de aplicación la cuantía a conceder al agricultor. Esto hace que algunos países estén concediendo el máximo de la ayuda establecida, mientras que otros la hayan fijado muy por debajo, creando así diferencias importantes en cuanto al atractivo que el programa agroambiental pueda tener para los agricultores. Realmente, en países en los que estas ayudas son bajas, está resultando mucho más interesante para los agricultores acogerse a los programas de ayuda directa establecidos en el marco de la reforma de
560
las OCMs de cereales u oleaginosas, que no al programa agroambiental”
.
En esta misma Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca se fomenta el apren- dizaje de las técnicas compatibles con el medio natural, con el objetivo de in- crementar la formación de los agricultores en los Programas de desarrollo de las Medidas Agroambientales y de Forestación de Tierras Agrícolas, mejorando las condiciones del sector, en prácticas e implantación de métodos agrarios compati- bles con la protección y conservación del Medio Ambiente.
Además, la Orden de 8 de enero de 1997, de la Consejería de Agricultura y Pesca,
561
regula el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción , con la finalidad
de que los titulares de explotaciones ganaderas que posean en pureza y con fines
de reproducción, al menos un censo de un équido, un macho y diez hembras,
para el caso del ganado ovino o caprino, un macho o tres hembras, en el caso de
bovino, de las razas que se citan en el anexo de la Orden de 1 de diciembre de
562
1995 , se beneficien de las subvenciones concedidas. También se contempla el
fomento de la agricultura ecológica con el fin de compensar al agricultor por la 559 D.O.C.E. núm. 102, de 25 de abril de 1996, de la serie L.
560 GARRIDO FERNÁNDEZ, F. E.: La cuestión ambiental en la Agricultura: actores sociales y política agroambiental en España. Analistas Económicos de Andalucía. Málaga. 2000. Pág. 115.
561 La Orden de 8 de enero de 1997, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regula el régimen de ayudas a medidas horizontales para fomentar métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección y conservación del espacio natural, fue publicada en el BOJA núm. 11, de 25 de enero de 1997.
562 BOJA núm. 163, de 21 de diciembre de 1995.
II. MARCO TEÓRICO
  441
 











































































   439   440   441   442   443