Page 443 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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nes en los Delegados Provinciales de la Consejería
. Es necesario precisar que , más arriba citada, delegaba en los Delegados Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca la firma de la concesión de las ayudas en tres de las medidas horizontales: fomento de la agricultura extensi- va, conservación de las razas autóctonas en peligro de extinción y fomento de la agricultura ecológica; atribuyendo la competencia para la resolución del fomento de la formación agroambiental al Director General de Información y Gestión de Ayudas. Posteriormente, el Decreto 141/1997, de 20 de mayo, de la Consejería
la de 15 de diciembre de 1995
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570 ma de Medidas Agroambientales .
Por otro lado, el Decreto 332/1996, de 9 de julio, por el que se crea el F.A.G.A.
lo designa como organismo pagador de los gastos correspondientes a la Política Agraria Comunitaria en Andalucía. Pues bien, esta Resolución de 31 de julio de 1997 de la Dirección del F.A.G.A. delega, nuevamente, en los Delegados Provin- ciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, en su correspondiente ámbito, la competencia para la resolución, entre otras, de las tres medidas horizontales, que se gestionan en su ámbito, fomento de la agricultura extensiva, fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción y fomento de la agricultura ecológica, además del régimen de ayudas a aplicar en las zonas de influencia del Parque
567 Publicada en el BOJA núm. 98, de 23 de agosto de 1997. 568 BOJA núm. 26, de 24 de febrero de 1996.
569 Publicado en el BOJA núm. 69, de 17 de junio de 1997.
II. MARCO TEÓRICO
ria, es la de 31 de julio de 1997 de la Dirección del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se delegan competencias para la resolución de las subvencio-
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de Agricultura y Pesca , por el que se atribuyen competencias en materia de
subvenciones financiadas por el Fondo Andaluz de Garantía Agraria y en materia sancionadora a determinados órganos de la Consejería, hace recaer, en su artículo 1, en el Director General de Información y Gestión de Ayudas, como director del F.A.G.A., la competencia para la resolución de los expedientes de subvenciones financiados, total o parcialmente, por el citado Fondo, como es el caso del Progra-
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,
570 “La decisión de devolver la competencia, para la resolución de este tipo de expedientes, a un órgano central y único, a nivel de toda la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha venido, en cierto modo, impuesta por la Comisión Europea, quien ha recomendado esta centralización, ante su temor de la posible dispersión de criterios que se hubiera podido producir al resolver cada Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca en su respectiva provincia. Además, de la inquietud de que se fueran sentando ciertas prácticas administrativas en la tramitación de los expedientes, que pudieran causar diferenciaciones, e incluso, discriminaciones tácitas entre los diferentes beneficiarios por el hecho de su ubicación geográfica, aunque siendo todos de una misma región”.
PRIETO RODRÍGUEZ, S.: El Programa de Forestación de Tierras Agrarias en la provincia de Huelva. Universidad de Huelva. Huelva. 2001. Pág. 47. (Tesis de licenciatura inédita).
571 El Decreto 332/1996, de 9 de julio, por el que se crea el Fondo Andaluz de Garantía Agraria y se designa como organismo pagador de los gastos correspondientes a la Política Agraria Comunitaria, fue publicado en el BOJA núm. 104, de 10 de septiembre.
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