Page 445 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
P. 445
mación de cultivos herbáceos en pastos, con el objetivo de modificar la actividad agraria no beneficiosa para el Medio Ambiente, de manera que se sustituya por otras provechosas para el entorno físico. Así, se pretende la muda de cultivos herbáceos por pastizales, que mantengan una cubierta vegetal permanente, incrementando la materia orgánica de los suelos y mejorando, de manera racional, los sistemas de explotación ganadera. Esta es una de las medidas para zonas específicas, aplicadas en Andalucía, y que afecta fundamentalmente a la provincia de Huelva. En la misma Orden se contemplan, también, otras, que se dirigen a las zonas de influencia del Parque Nacional de Doñana y que se enuncian a continuación:
– El fomento de la reducción de la cabaña bovina u ovina por unidad de superfi- cie forrajera, con la finalidad de adecuar la cabaña bovina y ovina a los recursos naturales existentes en la explotación, con el objeto de evitar la degradación del Medio Ambiente, posibilitando la existencia de la explotación extensiva tradi- cional y una mejora de la cubierta vegetal que disminuya los riesgos de erosión.
– La protección de la flora y fauna en humedales, de forma que se mantengan cultivos compatibles con los ecosistemas de humedales y pastizales inundables.
– La retirada de la producción de tierras de cultivo, durante al menos veinte años, para propiciar la restauración de ecosistemas naturales.
– Proyectos de demostración de producción integrada, mediante la instalación de una serie de campos de demostración para el desarrollo de programas de producción integradas en los cultivos de fresón, cítricos, melocotoneros y nec- tarinas, que permitan la introducción, divulgación, y desarrollo de medidas y prácticas compatibles con el Medio Ambiente dentro de un concepto de agri- cultura sostenible.
A través de la Orden de 6 de abril de 1999, conjunta de las Consejerías de Agri- cultura y Pesca y de Medio Ambiente, se instaura un régimen de ayudas para fomentar, en determinados humedales y sus áreas de influencia y en las zonas de especial protección para las aves (ZEPAs), así como en sus áreas de influencia, el empleo de métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la
579
protección del Medio Ambiente y la conservación del espacio natural
, y me-
diante la Orden de 6 de abril de 1999, conjunta de las Consejerías de Agricultura
y Pesca y de Medio Ambiente, se determina un régimen de ayudas para fomentar,
en las dehesas andaluzas, el empleo de métodos de producción agraria compati-
bles con las exigencias de la protección del Medio Ambiente y la conservación del
580 espacio natural .
579 BOJA núm. 50, de 29 de abril de 1999. 580 BOJA núm. 50, de 29 de abril de 1999.
II. MARCO TEÓRICO
445