Page 504 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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EL PROGRAMA DE MEDIDAS AGROAMBIENTALES EN LA PROVINCIA DE HUELVA
conversión de los cultivos. Un punto común a estas tres medidas es la falta de experiencias anteriores en los profesionales del sector agropecuario, que es lo que tiene a su favor el barbecho tradicional, practicado desde antiguo por los sistemas extensivos típicos del labrantío español.
Por lo que se refiere al importe de las ayudas, debemos hacer referencia, en primer lugar al Reglamento 2.078/1992, que lo recoge en su artículo 4. En el apartado 1 dispone que “se concederá una prima anual por hectárea o por unidad de ganado que se reduzca a los agricultores que suscriban durante un mínimo de cinco años uno o varios de los compromisos contemplados en el artículo 2, con arreglo al programa aplicable en la zona correspondiente. En el caso de la retirada de tierras, ese compromiso deberá durar veinte años”. A continuación el apartado 2 estable- ce la cuantía máxima a subvencionar.
Se deduce de la tabla 3 el gran interés que tienen las autoridades comunitarias en la retirada de tierras. Es cierto que dejar sin cultivar las superficies agrícolas impide la obtención de un ingreso que antes tenían los agricultores, pero también es verdad el ahorro de costes que se produce, además de la posibilidad de que el agricultor se dedique a otra actividad. Sin embargo, la conversión de cultivos convencionales en ecológicos conlleva una serie de gastos en mano de obra cuantiosos para preparar los terrenos, además de que en los primeros años de la conversión la disminución de rentabilidad de la explotación puede ser notable. Un verdadero interés en la expansión de los cultivos ecológicos hubiera demandado una ayuda más elevada.
En este grupo se prima más la aplicación de métodos ecológicos en pastos que en cultivos anuales beneficiados por primas de una organización común de mer- cados, lo que también es significativo del verdadero interés de la Comunidad en estas medidas. Como los cultivos sometidos a una O.C.M. ya tienen limitada su producción, como condición para poder ser subvencionados, se concede una pri- ma muy pequeña a su conversión, porque la reducción de excedentes ya está garantizada. Es muy indicativo este dato, puesto que los pastos no requieren, nor- malmente, más que el transcurso del tiempo para su conversión, o como mucho dejar de rociarlos con productos fitosanitarios. De hecho, la inmensa mayoría de los pastos verdes del Norte de España son ya ecológicos, porque no han conocido más modernización, que, en todo caso, la siega mecanizada.
También son muy reducidas las ayudas para la cría de ganado en peligro de ex- tinción o para la disminución de cabezas de ganado en las explotaciones, cuando tanto una cosa como otra produce elevados costes para los ganaderos, en compa- ración, por ejemplo, con el mantenimiento de las tierras abandonadas. No defen- demos la reducción de las ayudas para retirada o mantenimiento de tierras, que
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