Page 10 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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Estatutos, de las cláusulas de salvaguardia y de todos los demas preceptos relacionados con
Ia proyeccion axiologica de los nuevos Estatutos y su orientacion social.

EI desarrollo de la investigacion se ha basado en las siguientes pautas, que han pretendido
ordenar los diferentes estudios para dotarlos de una minima homogeneidad formal, destinada a
facilitar su uso posterior por especialistas y ciudadania:

En primer lugar, se han analizado los antecedentes de los derechos o principios en los Estatutos
anteriores a los reformados, asi como en los actualmente vigentes que no han sido objeto de
reforma. Tambien se han considerado las referencias competenciales que hubiera, en su caso,
en relación con esos derechos o principios. Hay que tener en cuenta que Ia distribucion de los
estudios se ha realizado ordenandola mediante la integracion de todos los derechos y princi-
pios que esta'n relacionados con una misma materia. A partir de esa distribucion tematica, se
han analizado las características de esta regulación estatutaria previa a Ia reforma, si existía,
indicando su ausencia si no había normativa alguna.

En segundo lugar, se ha analizado la regulación contenida en los nuevos Estatutos de Auto-
nomía y en los Estatutos reformados, incluyendo las seis reformas ya culminadas: Valencia,
Cataluña, Andalucia, Baleares, Aragon y Castilla y León. Se ha atendido también a Ia vinculación
de los derechos o principios que son objeto de estudio con las competencias dela Comunidad
Autonoma correspondiente, establecidas en los Estatutos de Autonomía. Como cada Estatuto
podia contener una formulación distinta del Derecho y del principio asi como de las competen-
cias correspondientes, se ha establecido esa conexión de manera comparada, incorporando
sus distintas formulaciones.

En tercer lugar, se ha conectado el derecho o principio con su matriz constitucional asi como
con los derechos o principios correspondientes en la Carta de Derechos Fundamentales de la
Union Europea. Hay que tener en cuenta que esta ultima, aunque no se va a incorporar a los Tra-
tados, va a tener el valor jurídico y la capacidad de vinculación de los Tratados si entra en vigor
el Tratado de Lisboa. Se han puesto en conexión, en este punto, los aspectos competenciales
previamente analizados con los específicamente constitucionales relativos a los Derechos fun-
damentales, para determinar el encuadre constitucional del principio o derecho estatutario.
Por último, en las Conclusiones de cada estudio, se ha realizado una valoracion personal sobre
Ia aportación que puede suponer cada derecho o principio, teniendo en cuenta las cuestiones
que previamente se han desarrollado en los distintos apartados que lo integran.

Por medio de este nuevo Iibrp, el equipo de dirección y coordinacion que lo suscribe, sigue
intentando, como en Ia investigación anteriormente publicada sobre Reformas estatutarias y
distribución de competencias, realizar su contribución al estudio del Estado Autonómico redise-
ñado en el actual proceso de reformas estatutarias. El objetivo sigue siendo la racionalización,
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