Page 124 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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El establecimiento de las bases de planificaci6n general de la política de ordenación y
mejora de las producciones animales, consriruidas por el conjunto de disposiciones lega les vigentes en dicha materia a por la normativa que al efecto pueda promulgarse dentro de la planifíceciòn general de la actividad económica.
La elaboración y establecimiento de los programas de orientación y estructura de 10$
censosanimales;delaestructurayorganizaciónproductivadelossubsectoresganaderos; delaordenación,fomentoymejoradelasproduccionesanimales;asícomolaconsi guientecoordinación,seguimientoyevaluacióndesusresultadosanivelnacional.
La reglamentación y desarrollo de los Libros y Registros Genealógicos, del Control de RendimientosydaValoracióndeReproductoresinscritosenlosmismos.
Los Centros Nacionales de Selección y Reproducción Animal y Depósitos de Reproducrores Selectos dependientes de los mismos.
La aprobación y función regiseal de las materias primas y fórmulas de pienso para la alimentación animal.
La aprobación y dirección técnica de los concursos de ganado de carácter nacional e
internacional. y de las exposiciones-venta de reproducrores selectos.
Lasrelacionesinternacionalesenmateriadeproducciónanimal,asícomolascompeten
ciasrelacionadasconelcomercioexteriordereproducroresselectosydematerialgenético
animal.Lalunrapodráasistiryparticiper,dentrodelaDelegaciónEspañola,yenaque llas reuniones técnicas de carácter internacional cuando sea requerida para ello.
La asignación de las inversiones y de las transferencias de capital que los Presupuestos GeneralesdelEstadoestablezcanparalarealizacióndelosprogramasyactividadesantes citadas.
Entre el Minisrerio de Agriculrura, Pesca y Alimentación y los Entes rerriroriales se desarro
llarán, a través del órgano colegiado que sea reglamentariamente establecido por el Mínisrerio deAgricultura,PescayAlimentaciónyconparticipacióndetodosellos,lassiguientesfunciones
y competencias:
La armonización y coordinación del funcionamiento de las Administraciones Central y Autonómica,enmateriadeordenaciónymejoradelasproduccionesanimales.
La instrumentación del desarrollo, en el ámbito del Ente Preautonómico, de los progra masyaccionesseñaladosenelpárrafoB.I.,aefectosdelanecesariacoordinacióneconó
mica general, estableciendo la asignación de recursos presupuestarios aprobados para dichos programas y actuaciones.
Ladeterminacióndelosm,todos,procedimientosydatosprecisosparafacilitarlamutua informaciónnecesaria,ranrcparalaAdministraciónCentraldelEstado,comoparalos Entes rerriroriales.
El suministro de Ia información que se determine para el seguimiento y evaluación a nivelnacionaldelosprogramasyaccionesantesseñalados,conlaperiodicidadyenla forma que se establezca para cada uno.
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