Page 126 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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Elregistroycontroldelaproduccióndelosproductoszccsanirarios,asícomolahomo logaciónsanitariadelasindusrriasrelacionadasconlosmismos.
La autorización, ceniflcacion y control zoosanirarjos de los animales y productos de ellos derivadosyconellosrelacionados,condestinoalcomercioexterior,tantoenongen como en Aduanas.
La alta inspección en materia de sanidad animal.
Las relaciones internacionales en materia de sanidad animal. Los Entes œrriroriales po drán asistir y participer, dentro de la delegación española, en aquellas reuniones técnicas de carácter internacional cuando sean requeridos para ello.
Entre el Minisrerio de Agnculrura, Pesca y Alimentación y los Entes rerritoriales se desarro
llarán, a través del Organa colegiado que reglamentariamente sea establecido por el Minísrer¡c deAgriculcura,PeSCayAlimentaciónycon particípacíéndetodosellos,lassiguientesfunciones
y competenclas: Ladeclaraciónoficialobligatòriade[aexistenciadeunaenfermedadserealizaráporel Ente Preauronómicc, dentro de su ámbito territorial, a iniciativa propia a a instancias de le Administración del Estado. En el primer Caso el Ente Preauronómico procederá a la previacomunicaciónalaAdminisrraciondelEstadoparalaratificación,ensucaso,por ésta de tal declaración. En el segundo, el Ente deber realizar le declaración instada. En todo caso, la ratificación por la Administración del Estado supondrá la declaración ofi cial a los efectos de su validez en todo el ámbito nacional y de su comunicación a nivel internacional.
La declaración oficial de áreas libres de enfermedad se realizará por el Ente Preauronôrnico, dando conocimiento a [a Adminisrraciôn del Estado que la ratificará en su caso, a efectos de sanidad interior y exterior.
LosEntesterrirorialesparticipaeín,atravésdelOrganacolegiadoyenlaformaqUe reglamentariamente se determine por el Ministerio de Agriculeura, Pesca y Alimenta ción, en la elaboración e insrrumenración de las campañas de saneamiento ganadero y de los programas de Sanidad Animal establecidos por la Adminisrracién del Estado, a quien facilitar la información necesaria para la evaluación de las mismas.
ElEntePreautonómicoinformarádemanerainmediataalaAdministraci6ndelEstado delaincidencia,localizaciónydesarrollodelasepizocdasqueseprcsentenensuámbito territorial. Asimismo, informará de las actuaciones que se realicen en esta materia.
ElMinisteriodeAgriculcura,PescayAlimentaciónyelEntePreautonémicoestablece ránunconvenioporelqueseleasegureatravésdeloslaboraroriosquedependandela Administración del Estado, el apoyo para el pleno ejercicio de las competencias asumi dasen materiadeSanidadAnimal.
El Minisrerio de Agricuhura, Pesca y Alimentación, en la medida de sus posibilidades. prestará apoyo técnico y material al Ente Preauronémico para el desarrollo de sus activi dades en las materias rransferidas.
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