Page 204 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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II.Aprobación de los planes rectores de uso y gestión de los espacios incluidos en convenios internacionales,ratificadosporlasCortesGenerales,asícomolaratificacióndelosins trumenrosdeplanificacióndeespaciosnaturalesaefectosdehomologacióninrernacio naL
I2.La aprobación de los planes rectores de uso y gestión de aquellos espacios naturales protegidosqueafectenamásdeunaComunidadAutónoma.
13.El comercio internacional de semillas forestales, flora y fauna silvesrre.
14.Las casas forestales dellCONA utilizadas para reuniones y estudios de carácter nacional a internacional.
I5.Las demás funciones, ccrrespondienres a cornperencias del Estado del artículo 149.1 de la Constitución, con incidencia territorial
La Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía desarrollarán de manera compartidalassiguientesfunciones:
La Comunidad Autónoma de Andalucía participará en la planificación de las actuaciones que tengan por objeto ta restauración hidrológico-forestal cuando afecten a territories que su peren su ámbito territorial. La ejecución de dichas actuaciones se convendrá con las Comuni
dades Autónomas afectadas.
La coordinación de las actuaciones de mantenimiento y restauración de equilibrios biológi cos, cuando afecten a rerrirorios que superen el ámbito de [a Comunidad Autónoma, sin perjui cio de su ejecución por la Comunidad Autónoma de Andalucía dentro de su rerriror¡o.
Lacoordinación,enlosincendiosforestales,delosmediosdeauxilioyespeciolrnenredelos decomunicaciónyaéreosasícomolasisœmauzaciéndeestadísticasylacoordinacióndeayu dasentredistintasComunidadesAutónomas.
La Administración del Estado, a efectos de coordinación mantendrá los invenrarios y regis tras de carácter estatal de acuerdo con las bases establecidas a que se establezcan a partir de la información normalizada que recibirá de las Comunidades Autónomas, información que re vertirá en beneficie de las mismas.
La Comunidad Autónoma de Andalucía informará a [a Administración Central de la plani flcaciondeluso ydelagestióndelosmontes delEstado,delosmontes deutilidadpúblicayde los espacios naturales protegidos sobre los que tenga competencia.
En tanto no se apruebela normativa básica sobre Parques Nacionales, la Comunidad Auró nomadeAndalucíapcrticiparenlaelaboraciónporelEstadodelosplanesrectoresdeusoy gestióndelosParquesNacionalessituadosensurerrirorio,asícomodelosespaciosincluidos enconveniosinternacionalesratificadosporlasCortesGenerales.LarepresenraciéndelaAd minisrraciôn del Estado y de la Comunidad Autónoma en el Patronato del Parque Nacional de Doñana será paritaria. El Présidente será nombrado por el Gobierno de la nación, y el Vicepre sidente, por la Junta de Andalucía.
SedesarrollaráncoordinadamenteentreelMinisreriodeAgriculrure,PescayAlimentación y la Comunidad Autónoma de Andalucía a través del órgano colegiado que sea
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