Page 75 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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 7. TURISMO
Oferta e Infraestructura Turlstica
Por Real Decreto 698/1979, de 13 de febrero, se transfieren a la Junta de Andalucía las siguientes funciones en materia de Ordenación de la Oferta y la Infraestructura Turística atri­ buidas a la Administración del Estado:
y.
Estas funciones podrán actuarse por la junra de Andalucía de oficio o a petición de terceros en todo caso, de la Secreraria de Estado de Turismo.
Aprobar los Planes de Promoción Turística de los Centros de Inrerés Tirrístico Nacional.
Elaborar los Planes de Promoción Turística de las zonas en todos los casos y los de los centros cuando el procedimicnro se inicie a se continúe de oficio.
Tramitar y resolver los expedicnœs relativos a concesiones, autorizaciones a licencias solicitadas para obras, construcciones, instalaciones, servicios a actividades, por motivos o para fines turísticos dentro de los respecrivos centros a zonas.
Informarconcarácterpreviodetodaslassolicitudesquerecibanlosórganoscompeten· tes de la Administración Local respecto de las autorizaciones a licencias para obras, cons­ trucciones, instalaciones, servicios a actividades dentro de un cenero a zona, por motivos a para fines no turísticos.
Ejercer la función genérica de fiscalización y sanción relativa al cumplimiento de los
Planes base de [a declaración de Interés Tirrfsrico Nacional, sin perjuicio de las ccmpe­
reneinsespecificasqueporrazóndelamateriacorrespondenacadaunodelosdeparta­ mentas interesados.
Instar de la Secretaría de Estado deTurismo que recabe del Minisrerio de Obras Publicas yUrbanismoleadquisicióndeterrenosy[agestiónurbanizadoraconlosfinesestableci­ dosenelartículo27párrafo2,delaLey197/1963.
Informardetodoslosproyectosdeutilizacióndelosmonumentoshistóricosyarttsticos, reguladosporlaLeyde13demayode1955,sobresu repercusiónen losInteresesTurfs­ ricos.
Emitir informe en los expedienres que se tramiten sobre aprovechamiento de bienes de dominio del Estado, provincia y municipio que se encuentren dentro de los respecrivos Centros o Zonas.
Resolverlosexpedlenressobreaprovechamientodebienesdedominioprovincialymu­ nicipal,dentrodeunCentroaZonadeclaradosdeInterésTurísticoNacional.
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• • •
La incoacciôn de expediences:
Para la declaración de territorios de preferenre uso turístico.
Para la declaración de zonas de infraestructura insuficiente.
Para la aprobación de centros y zonas de interés runsdco nacional
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