Page 77 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
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 de ámbito estatal que se dicten para las distintas clascs, grupos, caregorïas y moda1idades de las empresas y sus establecimientos.
La Junta de Andalucía dará cuenta inmediata de sus resoluciones mediante informe razona­ do a la Secretaría de Estado deTurismo, para su incorporaciôn al Registro General de Empresas 'Iurfsricas, y podrá requerir, a su vez, cuanta informacion precise al respecto.
Inspeccionar las Empresas y las Actividades Turísticas vigilando el estado de las instala­ cienes,lascondicionesdeprestacióndelosserviciosycltrarodispensadoalaclientela Timstica.
Vigilarelcumplimientodelcquesedispongaenmateriadeprecios. Sustanciarlasreclamacionesquepuedanformularseen relacióncon lasEmpresasyActi­ vidades Turísticas.
En las materias de Empresas y Actividades Turfsdcas, que sean de Ia competencia propia de laSecrerariadeEstadodeTurismo,imponerdeentrelassiguientes,lassancionesqueprocedan:
a) Apercibimiento.
b) Multa hasta la cuantfa de un mill6n de pesetas.
c) Suspensión de las actividades de la empresa o clausura del establecimiento hasta seis meses.
Proponer a la Secretarfa de Estado de Turismo:
a)Laimposicióndemultassuperioresaunmillóndepesetas.
b) El cese definirivo de las actividades de la empresa a clausura deflníríva del establecimiento.
Según proceda, el Secretario de Estado de Turismo impondrá la sanción correspondienrc o, en su caso, tramitará la propuesta al Ministro del Departamento, para que resuelva lo proceden­ te o acuerde su elevación al Gobierno.
Otorgar el título a licencia de Agencia de Información Turística; el Registro de las exis­ tentes en el rerriror¡o de Andalucía; su tutela y [a imposición, cuando proceda, de las sancionesprevistasen lalegislaciónvigente.
Estas funciones y actividades se gestionaran y actuaran de conformidad con las instruccio­ nesdegeneralaplicaciónatodoelrerriroriodelEstado.
Al Ministro de Comercio yTurisrno a a la Secretaría de Estado deTurismo, según los casos, les correspoude respecto de Jas competencias que se transfieren:
Requerir [a actuación inspecrcra y de vigilancia de los órganos de la Junta de Andalucía. cuando así se estime convenicnre para la buena marcha del turismo.
Requerir la iniciación de actuaciones sancionadoras cuando llegue a su conocimiento la existencia de casos de presunta infracción.
Requerirdesdeelmomentoenqueseproduzcaelasientocuantosdatosseannecesarios para la formación y continuidad del Registro General de Empresas y Actividades Turís­ ticas,asfcomocualquierotrodatoconvenienteaefectosestadísticos,
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