Page 321 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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VIII. I
I.LaintegracióndeEspañaenunaorganizaciónsupranacional,laUniónEuropea. de peculiares características y con un sistema jurídico que se superpone al de los Estados miembros, nos obliga a tornar en consideración la influència del derecho comunitarioenlamateriaquetratamos.
II.ElaccesoalafunciónpúblicadecadaEstadomiembronopodráregula-sealmar gendelalibertaddecirculacióndetrabajadoresprevistaenelTeE,porserpartede un común acervo normativo que vincula de forma directa a los Estados. Esta liber tadnoesabsolutaytienecierraslimitaciones,comoeselcasodeaquellosempleos en la Adminisrración pública que conlleven el ejercicio potestades públicas y la sal vaguarda de intereses generales.
El problema principal que se ha detectado para hacer efectiva esa libertad comunita
ria es la ausencia de univocidad en las inrerpreraciones que se dan a dos conceptos
básicos para su aplicación: el concepto de trabajador y el concepto de Administración Pública. Obviamente. la inrerpreración resrrtcriva de los órganos
Administración Pública comunitario es de construcción jurisprudencial.
RECAPITULACIÓN
comunitarios de la noción de función se pública.
a la extensiva defienden la mayoría de los Estados, ya que éstos intentan de este modo salvaguar dar el mayor ámbito posible de actuación para sus nacionales. Una dificultad añadi da es la ausencia de normativa escrita que dirima el conflicto, ya que el concepto de
contrapone
que
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