Page 119 - VI Convenio Colectivo
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cumplimiento de la función básica y de las funciones particulares expresadas. Tales funciones, tareas o actividades implícitas, deberán estar de acuerdo con el grupo de clasificación, formación , experiencia laboral, especialidad idiomática y característi- cas del puesto de trabajo integrado en esta categoría.
GRUPO IV
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
Son los trabajadores encargados de tareas consistentes en operaciones elementales relativas al trabajo de oficina y despacho, tales como correspondencia, archivo, cálculo sencillo, confección de documentos tales como recibos, fichas, transcripción o copias, extractos, registros, contabilidad básica, atención al teléfono, mecanografía al dictado y copia, toma taquigráfica en su caso y la traduce correctamente a máquina, maneja máquinas simples de oficina que por su funcionamiento no requieran hallarse en posesión de técnicas especiales y realizan también funciones administrativas de carác- ter elemental.
AUXILIAR CUIDADOR
Son los trabajadores que tienen a su cargo el cuidado del orden y compostura de los alumnos para el mejor trato y conservación de las instalaciones del Centro. Atiende igualmente la realización de actividades educativas de ocio y tiempo libre con los meno- res a su cargo, programadas por el Educador, auxiliándole a éste.
AUXILIAR DE ARTES GRÁFICAS
Es el trabajador/a que está en posesión de alguna de las Titulaciones siguientes: Título de Bachiller Elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de l.o Grado o formación laboral equivalente a las anteriores, o bien posee una categoría profesional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo análoga a la que se describe, de tal manera que la formación y/o experiencia anterior lo capacite para realizar con plena responsabilidad y autonomía los trabajos sencillos de fotocomposición y auxilia- res a otros puestos.
El ejercicio de la función básica y de las subsiguientes se desempeñará con sujeción a las relaciones de dependencia ascendentes y/o descendentes que se deriven, en su caso, de la estructura de la RPT, de la propia organización del centro al que esté adscrito el puesto, o de los procesos de actividad o sistema de trabajo que se desarrollen en el mismo.
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