Page 8 - VI Convenio Colectivo
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 A estas pretensiones responden las novedades que introduce el VI Convenio Colectivo; norma cuyo ámbito de aplicación se extiende a un importante y elevado por- centaje de población activa andaluza. Así y en el ánimo de no ser exhaustivos, se introducen medidas que permiten disponer de unos instrumentos útiles que ayudan a avanzar en la profesionalización de los recursos humanos que ya forman parte de su ámbito de aplicación y de aquellos nuevos que se incorporen a nuestra organización.
Se reestructura profundamente el régimen retributivo. Se equiparan y simplifican las categorías económicas de las categorías profesionales, integrándose en el máximo actual de cada grupo profesional, con lo que se consigue una mejora en las retribucio- nes de gran parte de los trabajadores.
Se amplían los ámbitos de participación activa de las organizaciones sindicales al objeto de hacer cada vez más efectivo el principio que preside nuestras relaciones.
Así mismo, una Administración moderna como la nuestra, debe contemplar las nuevas relaciones sociales surgidas como consecuencia de la incorporación de la mujer al trabajo, fenómeno que motivó uno de los cambios sociales más profundos del siglo XX, y configurar un nuevo modo de cooperación y compromiso entre mujeres y hom- bres que permita un reparto equilibrado de responsabilidades en la vida profesional y en la privada, por lo que y con independencia del mandato legal dirigido a las Administraciones Públicas de desarrollar políticas dirigidas a alcanzar la plena igualdad de oportunidades de la mujer y de proclamar como principio básico de la ordenación del tiempo de trabajo en la Administración de la Junta de Andalucía su adaptación a los avances sociales, nuestro VI Convenio Colectivo, sin pretender entrar en el análisis de cada uno de los preceptos, establece medidas absolutamente novedosas que mejoran el mandato legal, intentando asegurar con ello, no solo que la vida laboral de los trabaja- dores públicos no sea un obstáculo para que éstos formen el tipo de familia que deseen, y facilitar que mujeres y hombres puedan afrontar con plena igualdad su desarrollo per- · sonal y profesional, sino con el deseo de convertirse en marco de referencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Abundando en lo anterior, significar, finalmente, la creación de la Subcomisión de la Igualdad, no tan dirigida a eliminar las posibles barreras de desigualdad con respecto a la mujer, que en nuestro ámbito se consideran ampliamente superadas, sino a fin de hacer efectiva la integración en la sociedad andaluza y en el mundo laboral de colectivos tales como discapacitados, o el emergente cada vez con más fuerza de los inmigrantes.
Carmen Hermosín Bono
Consejera de Justicia y Administración Pública




























































































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