Page 88 - VI Convenio Colectivo
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 - Realizar evaluaciones médicas del grado de incapacidad, para determinar el tanto por ciento global de minusvalía.
- Controlar y seguir tratamientos.
- Informar y colaborar con la dirección centros, instituciones, familiares, otros pro- fesionales en materia de su competencia.
- Valorar la correspondencia de prestaciones de acuerdo con la clase, grado y bare- mo sobre minusvalía.
- Desarrollar en general, todas aquellas responsabilidades no especificadas ante- riormente y que estén incluidas o relacionadas con la responsabilidad básica del puesto y su profesión.
PEDAGOGO
Es el trabajador que con la titulación correspondiente y sujeto a las relaciones jerár- quicas del puesto que ocupe en la R.P.T., o derivadas del C.C.P.L.J.A., desarrollará algu- na de las siguientes responsabilidades:
- Explorar, comprobar y diagnosticar el nivel de maduración del sujeto.
- Participar con sus evaluaciones, informes, asesoramiento y/o dictamen en comi- siones o equipos multiprofesionales.
- Participar en la elaboración y/o ejecución de programas sobre formación, recu- peración y/o asistencia.
- Asesorar en materia técnico-pedagógica al profesorado, padre y demás agentes implicados en el proceso de integración.
- Prevenir, detectar y atender a través de programas autónomos o multiprofesiona- les, las deficiencias planteadas por los educandos.
- Realizar tratamiento pedagógico individual o de grupo.
- Distribuir, controlar y proponer la adquisición de material didáctico.
- Establecer las relaciones necesarias con instituciones, equipos y otros profesio- nales para el cumplimiento de los objetivos del puesto.
- Desarrollar en general, todas aquellas responsabilidades no especificadas ante- riormente y que estén incluidas y relacionadas con la responsabilidad básica del puesto y su profesión.
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