Page 92 - VI Convenio Colectivo
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- Realizar las gestiones administrativas necesarias para el desarrollo del trabajo
social.
- Desarrollar en general, todas aquellas responsabilidades no especificadas ante- riormente y que estén incluidas o relacionadas con la responsabilidad básica del puesto y su profesión.
DIPLOMADO ENFERMERÍA
Es el trabajador que con la titulación y especialidad necesaria, asume Ja responsabi- lidad básica de la prestación de los servicios de enfermería a los sectores de población atendidos en centros o afectos a programas de actuación, para lo cual podrá realizar tare- as de coordinación y/o de atención directas, de acuerdo con l::ts relaciones jerárquicas delimitadas en la R.P.T. o derivadas del C.C.P.L.J.A., según el tipo de puesto que ocupe desarrollará las siguientes responsabilidades:
En puesto o unidades de mando:
- Definir y desarrollar los objetivos de la enfermería en el centro donde se ubique.
- Asegurar el desarrollo del programa de actividad y control asistencial garanti- zando el mejor funcionamiento de los puestos de enfermería, así como la organiza- ción de la docencia e investigación en enfermería.
- Realizar además de las anteriores funciones algunas de las que se describen para puestos base.
En puestos de base
- Preparar y administrar los medicamentos según las prescripciones facultativas, reseñando los tratamientos.
- Realizar los actos técnicos de enfermería necesarios, bien bajo prescripción médi- ca o de forma autónoma de acuerdo con el tipo de tarea a desarrollar.
- Colaborar con el personal médico preparando el material y medicamentos que hayan de ser utilizados.
- Solicitar y supervisar dietas.
- Realizar pedidos de farmacia, analíticos y radiología cuando proceda.
- Cumplimentar en lo que corresponda libros de incidencias, historias clínicas, fichas sanitarias o documentos análogos.
- Prestar el servicio de enfermería a domicilio cuando se muestre necesario.
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