Áreas de Oportunidad y Ordenación del Territorio en Andalucía
CAPÍTULO 1: LAS ÁREAS DE OPORTUNIDAD EN LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL DE ÁMBITO SUBREGIONAL EN ANDALUCÍA 65 – Suelos estratégicos de carácter industrial: El Eje La Redonda-El Corsario. • Actuaciones sobre suelos turísticos. El documento, pese a que parte de la existencia de un fuerte desarrollo turístico en la comarca del Poniente Almeriense en los últimos años y una elevada densidad de edificación turística, en su mayor parte localizadas en el frente litoral, distingue entre lo que denomina “sectores de usos turísticos consolidados” y “suelos con carácter estratégico para uso turístico”, estos últimos con capacidad para la implantación de nuevos usos turísticos en el frente litoral, a cuyo fin distingue cuatro: Sector de las Salinas de San Rafael- Aguadulce (Roquetas); Sector Roquetas de Mar; Sector Guardias Viejas; Sector Interior de la Ensenada de San Miguel 48 . La parte Normativa del POTS del Poniente Almeriense establece un conjunto de determinaciones sobre dichos suelos, con carácter de directrices, entre las que destacan, en relación con las actividades terciarias e industriales reguladas en su artículo 68, dos cuestiones, por un lado, la no incompatibilidad de los usos terciarios- industriales con los usos residenciales y por otro, la previsión relativa a que el planeamiento urbanístico municipal proceda a la ordenación de los nuevos suelos terciarios-industriales estableciendo restricciones de uso de carácter cautelar para preservar estos suelos hasta su desarrollo por el planeamiento general o especial. En relación con las determinaciones relativas a los suelos turísticos, se contienen igualmente con carácter de directriz en el artículo 73, que prevé que el planeamiento urbanístico incorpore los suelos con uso residencial-turístico con una reserva para uso hotelero mínima de un 20% de la edificabilidad global del área. Las modificaciones operadas en la parte Normativa del POTS, aprobadas por la Orden de 28 de julio de 2008 de modificación del POTS del Poniente Almeriense, introducen importantes novedades respecto a la regulación de dichos ámbitos en consonancia con otros planes de ámbito subregional aprobados en dicha época y que más adelante se analizarán, entre las mismas son de destacar: – La clasificación como urbanizable de los suelos estratégicos terciarios- industriales así como de los suelos turísticos no computan a los efectos de las determinaciones sobre la dimensión de los crecimientos urbanos en el planeamiento general establecidas en la norma 45.4.a) del POTA. 48. Nueva zona de “oportunidad para el desarrollo de la actividad turística”, incorporada por la modifica- ción del Plan, con la finalidad de contribuir a diversificar los usos productivos del Poniente en el ámbito interior de la Ensenada de San Miguel, como ampliación del área turística y residencial existente.
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