Código de los Derechos de las Víctimas
CÓDIGO DE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS 1042 § 65 en éste caso el Centro/ Servicio/ Institución que deriva se compromete a facilitar las gestiones pendientes de la mujer o personas a cargo, en la Comunidad Autónoma de procedencia). 7. INTERVENCIONES YACTUACIONES REALIZADAS EN LA CA DE ORIGEN • En el propio centro de acogida • En otros servicios de la CA 8. INTERVENCIONES YACTUACIONES REALIZADAS CON LAS PERSONAS QUE ACOMPAÑAN A LAMUJER EN LA CA DE ORIGEN • En el propio centro de acogida • En otros servicios de la CA 9. PROPUESTA DE INTERVENCIÓN PREVISTA EN ELAPARTADO DECIMOTERCERO 10. OBSERVACIONES. OTROS DATOS DE INTERÉS
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