Código de los Derechos de las Víctimas
817 III. LEGISLACIÓN ESTATAL EX - 10 INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN RELLENAR EN MAYÚSCULAS CON BOLÍGRAFO NEGRO Y LETRA DE IMPRENTA O A MÁQUINA SE PRESENTARÁ ORIGINAL Y COPIA DE ESTE IMPRESO Marque el cuadro que proceda. H ombre / M ujer Rellenar utilizando 2 dígitos para el día, 2 para el mes y 4 para el año, en este orden (dd/mm/aaaa) 0DUTXH HO FXDGUR TXH SURFHGD 6ROWHUR &DVDGR 9LXGR 'LYRUFLDGR 6HSDUDGR Indique el título en base al cual se ostenta la representación, por ejemplo: Padre/Madre del menor, Administrador Único, Consejero Delegado….. Rellenar sólo en el caso de ser persona distinta del solicitante Conforme a la DA 4ª del RD 557/2011, están obligados a la notificación electrónica, aunque no hayan dado su consentimiento, las personas jurídicas y los colectivos de personas físicas que, por su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados, tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos. Si usted no está incluido en alguno de los colectivos mencionados, se le notificará por esta vía únicamente si marca la casilla de consentimiento. En ambos casos la notificación consistirá en la puesta a disposición del documento en la sede electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ( https://sede.mpt.gob.es ). La notificación se realizará a la persona cuyos datos se indiquen en el apartado “domicilio a efectos de notificaciones” o, en su defecto, al solicitante. Para acceder al contenido del documento es necesario disponer de certificado electrónico asociado al DNI/NIE que figure en el apartado “domicilio a efecto de notificaciones”. Es conveniente además que rellene los campos “teléfono móvil” o “e-mail” para tener la posibilidad de enviarle un aviso (meramente informativo) cuando tenga una notificación pendiente. Marque OD RSFLyQ que corresponda Los interesados no están obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración o que hayan sido ya aportados anteriormente en un procedimiento administrativo. A tal fin deberá enumerar en el anexo I los documentos en cuestión. Se presumirá que esta consulta es autorizada, salvo que conste su oposición expresa, debiendo cumplimentar el anexo II. La información específica sobre trámites a realizar y documentación que debe acompañar a este impreso de solicitud para cada uno de los procedimientos contemplados en el mismo, así como la información sobre las tasas que conlleva dicha tramitación (HOJAS INFORMATIVAS), se encuentra disponible en cualquiera de las siguientes direcciones Web: http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/ Según el art. 5.1 L. O. 15/1999, se informa que los datos que suministren los interesados necesarios para resolver su petición se incorporarán a un fichero cuyos destinatarios serán los órganos de la Administración General del Estado con competencias en extranjería, siendo responsables del mismo la Dirección General de Migraciones, la Dirección General de la Policía y las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno. El interesado podrá ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante los organismos mencionados Los modelos oficiales podrán ser reproducidos por cualquier medio de impresión. Estarán disponibles, además de en las Unidades encargadas de su gestión, en la página de información de Internet del Ministerio de Empleo y Seguridad Social http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ IMPRESO GRATUITO. PROHIBIDA SU VENTA § 43
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