Estudios sobre el Gobierno y la Adminsitración de la Junta de Andalucía

11 .. LA.ORGANIZAC.IÓN.D.E..LA ADMINISTRACIÓN. DE..LA.JUNTA.DEANDALUCÍA.... i!.. Jª5····.. • Escuela Pública de Tiempo Libre y Animación Socio-cultural de Andalucía 246 • • Escuela de Seguridad Pública de Andalucía 247 • La estructura organizativa de estos servicios con gestión diferenciada, como es natural, es muy variada. No obstante, pueden apuntarse dos modelos. De un lado, estaría el modelo de instituto o centro de investigación, extendido hace ya varios años, y que se estructura en tres órganos 248 : • Consejo Rector. Le corresponde básicamente, elaborar los programas de ac– tuación del centro o servicio, así como elaborar la propuesta de distribución de créditos asignados al mismo, y aprobar la Memoria Anual de sus actividades. Generalmente, está integrado por el Director del centro o servicio, así como por un número variable de representantes designados por la Consejería competente y otras próximas, así como otros miembros (a veces, especialistas de reconocido prestigio). • Director. Le compete elaborar los programas concretos de actividades; elaborar la Memoria Anual sobre gestión de Servicio y el Plan Presupuestario sobre necesida– des del Centro para cada ejercicio económico. Es nombrado, comúnmente a pro– puesta del Consejo Rector, por el titular de la Consejería correspondiente, a quien corresponde, en todo caso, acordar su cese. • Gerente. Es nombrado conforme a lo previsto en la legislación que regula la Función Pública de la Junta de Andalucía. Sus funciones son las que se derivan de la propia gestión económica y administrativa del Centro. De otro lado, estaría el modelo de centro o servicio especializado, con una estructura más sencilla, integrada por un Director, como órgano ejecutivo o de gestión, y una Comisión técnica, como órgano consultivo de asistencia al Director e integrado, al menos en parte, por 246 Creada por el Decreto 292/1987, de 9 de diciembre, como servicio público centralizado, sin personalidad jurídica propia. 247 No se califica expresamente con órgano con gestión diferenciada, pero no cabe otra conclusión. Este centro fue previsto en la Ley 13/2001 de Coordinación de los Policías Locales -art. 48-, si bien ya había sido creado mucho antes mediante Decreto 213/1987, de 2 de septiembre. 248 Así, por ejemplo, Decreto 43/1989, de 7 de marzo, por el que se crea el Centro Informático Científico de Andalucía; Decreto 183/1990, de 5 de junio, por el que se crea el Instituto Andaluz de Biotecnología; Decreto 184/1990, de 5 de junio, por el que se crea el Instituto Andaluz de Energías Renovables; Decreto 185/1990, de 5 de junio, por el que se crea el Centro Andaluz de Prospectiva; Decreto 395/1990, de 13 de noviembre, por el que se crea el Centro Andaluz de Documentación en Normalización y Fabricación.

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