Estudios sobre el Gobierno y la Adminsitración de la Junta de Andalucía

58 il JOSÉ JOAQUÍN F ERNÁNDEZ ALLES - i! ------ • Consejería de Gobernación y Justicia 5 4, a quien compete el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de la política del Consejo de Gobierno en relación con las siguientes competencias: a) Policía Andaluza, coordinación de Policías Locales, Emergencia y Protección Civil, Seguridad, Elecciones y Consultas Populares; b) La ordenación, ejecución y control de todas las medidas tendentes a la gestión de las competencias en materia de Régimen Local; c) Las potestades admi– nistrativas en materia de Juego, Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas; d) La coordinación de las políticas respecto a los andaluces y andaluzas en el mundo; e) La promoción y coordinación del voluntariado en Andalucía; f) Las atribuidas a esta Consejería por el Decreto 68/1994, de 22 de marzo, por el que se establecen medi– das especiales en materia de drogodependencias; g) Las potestades administrativas en materia de consumo; y h) Las atribuidas a esta Consejería en materia de protección de los animales y animales potencialmente peligrosos. Asimismo, le corresponde las competencias que venía ejerciendo la Consejería de Justicia y Administración Pública a través de la Secretaría General para la Justicia, la Dirección General de Oficina Judicial, Justicia Juvenil y Cooperación y la Dirección General de Infraestructuras y Sistemas. Por último, se adscribe a la Consejería de Gobernación y Justicia la Fundación Pública Andaluza Centro para la Mediación y el Arbitraje en Andalucía. En particular, en materia de Administración de Justicia le compete propuesta y eje– cución de las directrices generales del Consejo de Gobierno sobre las competencias en materia de Administración de Justicia recogidas en el Capítulo 111 del Título V del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Decreto 305/2008, de 20 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública). Asimismo, le corresponde la competencia en las siguientes materias: a) La ejecución de las medidas adoptadas por los Juzgados y Tribunales y Fiscalías radicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en aplicación de la legislación sobre responsabilidad penal de los menores; b) Nombramientos de Notarios y Registradores y el establecimiento de las demarcaciones notariales y registrales; c) El régimen jurídico de los Colegios Profesionales, Fundaciones y Asociaciones; y d) La competencia ejecutiva en materia de Registro Civil. • Consejería de Hacienda y Administración Pública, a quien corresponden las competencias atribuidas a la anterior Consejería de Economía y Hacienda, que ejercían la Secretaría General de Hacienda, la Dirección General de Patrimonio, la Dirección General de Presupuestos, la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, la Dirección General de Financiación y Tributos, la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y la Intervención General de la Junta de Andalucía. Asimismo, le corresponden a la Consejería de Hacienda y Administración Pública la gestión de los ingresos provenientes de los Fondos Europeos y del Fondo de Compensación lnterterritorial, la gestión del Banco de 54 Decreto 164/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación. BOJA 95, de 20 de mayo de 2009.

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