§14. DECRETO 208/2015, DE 14 JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE...
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«2. El Consejo de Administración estará constituido por:
a) Presidencia: La persona titular de la Consejería competente en materia de salud, que
podrá delegar en las Vicepresidencias Primera o Segunda.
b) Vicepresidencia Primera: La persona titular de la Viceconsejería de la Consejería com-
petente en materia de salud.
c) Vicepresidencia Segunda: La persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Anda-
luz de Salud.
d) Vocales: Las personas titulares de la Secretaría General competente en materia de sa-
lud pública, de la Secretaría General competente en materia de investigación, desarrollo
e innovación y de la Secretaría General Técnica de la Consejería con competencias en
materia de salud; de la Dirección General competente en materia de asistencia sanitaria
y de la Dirección General competente en materia de gestión económica, ambas del Ser-
vicio Andaluz de Salud; de la Dirección General competente en materia de patrimonio y
de la Dirección General competente en materia de presupuestos, ambas de la Conseje-
ría con competencias en materia de hacienda; de la Delegación competente en materia
de salud en Málaga; y la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Pública
Empresarial Sanitaria Costa del Sol.»
Dos. Se modifica el apartado 2 del artículo 8 de los Estatutos de la Empresa Pública
Hospital de Poniente de Almería, aprobados por Decreto 131/1997, de 13 de mayo, que
queda redactado como sigue:
«2. El Consejo de Administración estará constituido por:
a) Presidencia: La persona titular de la Consejería competente en materia de salud, que
podrá delegar en las Vicepresidencias Primera o Segunda.
b) Vicepresidencia Primera: La persona titular de la Viceconsejería de la Consejería com-
petente en materia de salud.
c) Vicepresidencia Segunda: La persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Anda-
luz de Salud.
d) Vocales: Las personas titulares de la Secretaría General competente en materia de sa-
lud pública, de la Secretaría General competente en materia de investigación, desarrollo
e innovación y de la Secretaría General Técnica de la Consejería con competencias en
materia de salud; de la Dirección General competente en materia de asistencia sanitaria
y de la Dirección General competente en materia de gestión económica, ambas del Ser-
vicio Andaluz de Salud; de la Dirección General competente en materia de patrimonio y
de la Dirección General competente en materia de presupuestos, ambas de la Conse-
jería con competencias en materia de hacienda; de las Delegaciones competentes en
materia de salud en Almería y Granada; y de la Dirección Gerencia de la Agencia Pública
Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería.»
Tres. Se modifica el apartado 2 del artículo 8 de los Estatutos de la Empresa Pública Hospi-
tal Alto Guadalquivir en Andújar (Jaén), aprobados por Decreto 48/2000, de 7 de febrero,
que queda redactado como sigue:
«2. El Consejo de Administración estará constituido por:
a) Presidencia: La persona titular de la Consejería competente en materia de salud, que
podrá delegar en las Vicepresidencias Primera o Segunda.