§2.3. DECRETO 141/2011, DE 26 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN Y DEROGACIÓN DE DIVERSOS DECRETOS EN MATERIA DE...
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de 12 de julio, y a los principios de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sustituyendo los
procedimientos de autorización, tanto para la instalación de pilares informativos indicati-
vos de la actividad que se desarrolla en los mismos, como para la sustitución de dichos
pilares informativos por carteles en el caso de que concurran circunstancias especiales
que no hagan aconsejable su colocación, por un régimen de comunicación previa por parte
de la persona interesada.
Asimismo, se modifica el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo, aprobado
por Decreto 23/1999, de 23 de febrero, y el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria,
aprobado por Decreto 95/2001, de 3 de abril, con el fin de adaptarlos a los actuales ar-
tículo 84 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículo 22.1 del Reglamento de Servicios de
las Corporaciones Locales, aprobado mediante Decreto de 17 de junio de 1955, al objeto
de introducir la declaración responsable como mecanismo ordinario de intervención admi-
nistrativa respecto de determinadas actividades de servicios en el ámbito local.
Se deroga el Decreto 189/2001, de 4 de septiembre, por el que se regulan los Planes
de Formación de Manipuladores de Alimentos y el Régimen de Autorización y Registro de
Empresas y Entidades que impartan formación en materia de manipulación de alimentos,
eliminando la autorización administrativa previa de las entidades formadoras de manipula-
dores de alimentos y los programas a impartir por dichas entidades, sustituyendo dicha
autorización previa por un sistema de vigilancia e inspección permanente de las empresas
alimentarias por parte de las autoridades sanitarias competentes. Dicha derogación viene
determinada por la derogación normativa que el Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero,
por el que se modifican diversos reales decretos para su adaptación a la Ley 17/2009, de
23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la
Ley 25/2009, de 22 de diciembre, por la que se modifican diversas leyes para su adapta-
ción a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, realiza del Real Decreto 202/2000, de 11 de
febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos.
Igualmente, se deroga el Decreto 444/1996, de 17 de septiembre, por el que se regula
el procedimiento de autorización, el reconocimiento de la acreditación y el registro de los
Laboratorios de Salud Pública en Andalucía, por lo que se suprime la obligatoriedad de
solicitar autorización previa para realizar las funciones de autocontrol analítico a las que
puedan estar obligadas las empresas o titulares de los servicios en los ámbitos ambiental
y alimentario. Desde su aprobación en 1996, diferentes normas han ido estableciendo los
requisitos de calidad que deben cumplir los laboratorios que participan en los diferentes
ámbitos de actuación del Decreto 444/1996, de 17 de septiembre, y que en líneas ge-
nerales suponen la consolidación de la acreditación, en base a la norma UNE-EN ISO/IEC
17025, como garantía de competencia técnica y requisito de calidad establecido en las
normativas de ámbito sanitario tanto ambiental como alimentario. Asimismo, de acuerdo
con el Reglamento (CE) núm. 2004/882/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29
de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación
del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre
sanidad animal y bienestar de los animales, sólo se considerarán válidos para el control