LEGISLACIÓN DE ANDALUCÍA SOBRE SALUD PÚBLICA
194
4.
En la especialidad de Sanidad Ambiental: Asesorar técnicamente en la identificación,
caracterización, vigilancia, control y evaluación de los efectos sobre la salud de los fac-
tores de riesgos ambientales, así como en la planificación, ejecución y evaluación de los
programas y actividades de sanidad ambiental, incluyendo la docencia y la investigación.
[…]
Disposición Final Segunda.
Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.