LEGISLACIÓN DE ANDALUCÍA SOBRE SALUD PÚBLICA
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de Salud Pública constituye la norma legal de cabecera del ordenamiento autonómico en
esta materia que influye en la aplicación e interpretación de la generalidad de las normas
reglamentarias –sectoriales, en su mayoría– de salud pública hasta entonces vigente en
nuestra CC AA. La selección de 40 normas autonómicas protectoras de este cualificado
bien jurídico-público complementa así la reciente ordenación normativa contenida en la Ley
16/2011.
Un primer bloque normativo lo integra la propia ley de cabecera –la Ley 16/2011, de 23
de diciembre, de Salud Pública– y los aún escasísimos reglamentos complementarios o de
desarrollo de esta ley general de salud pública. Un segundo bloque está conformado por
los preceptos de las normas generales de sanidad relativos o incidentes en la salud públi-
ca, exponiéndose así la selección de la relevante Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud
de Andalucía, del Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, del Decreto 69/2008,
de 26 de febrero, por el que se establecen los procedimientos de las autorizaciones sa-
nitarias y se crea el registro andaluz de centros, servicios y establecimientos sanitarios
y, entre otros, del Decreto 20/2005, de 25 de enero, por el que se desconcentran las
competencias sancionadoras y se regulan determinados aspectos del procedimiento san-
cionador en materia de salud.
Los restantes siete bloque normativos reglamentarios pueden considerarse normas secto-
riales o específicas relativas o aplicables a la salud pública. Así, se han seleccionado los
Decretos sobre las autorizaciones y registros administrativos y los títulos administrativo
habilitantes “equivalentes” para realizar actividades empresariales o profesionales –y la
apertura de establecimientos– incidentes en este bien jurídico. También hay normas sobre
la salubridad de las aguas de baño, la seguridad alimentaria y la salud de los consumido-
res, las adicciones conformadas por el tabaquismo y la vigilancia de la epidemiología, la
salud pública en el ámbito de la escuela, la sanidad mortuaria y, muy relevantemente, un no
totalmente homogéneo bloque normativo conformado por reglamentos de sanidad animal,
con fines adicionales que exceden del justificador de esta selección normativa.
En este volumen de la Colección de Legislación propia de Andalucía se ha recogido la nor-
mativa andaluza sobre la Salud Pública*, con el objetivo de que el conjunto de disposiciones
seleccionado sea útil para los operadores jurídicos a los que está destinado.
Humberto Gosálbez Pequeño
Prof. Titular Universidad de Córdoba
* Edición cerrada a 21 de octubre de 2015.