Legislación de Andalucía sobre el turismo

ΛΕΓΙΣΛΑΧΙΝ ∆Ε ΑΝ∆ΑΛΥΧ⊆Α ΣΟΒΡΕ ΕΛ ΤΥΡΙΣΜΟ 226 2.6. Aseos generales. Requisitos en función de la categoría. Todos los edificios/complejos de apartamentos turísticos de categoría de cuatro llaves con más de diez unidades de alojamiento dispondrán de un número suficiente de aseos generales a disposición de las personas usuarias. Estarán ubicados en zonas de uso común, próximos a las de mayor concentración de personas usuarias y serán independientes para señoras y caballeros. Estarán dotados, al menos, de espejo, jabón, toallas de un solo uso o secador de manos, papel higiénico y papelera. Las puertas de acceso estarán dotadas de un sistema que permita el cierre por ellas mismas. 2.7. Salón Social. Requisitos en función de la categoría. CATEGORÍA 4 3 2 1 Salón social Sí (1) Sí (1) - - Superficies mínimas expresadas en m²/ud alojamiento 2 1,50 - - (1) Este salón puede unificarse con el vestíbulo general en el diseño del edificio. Los espacios destinados a comedor, bares, salas de lectura, televisión y juegos pueden computarse formando parte del salón, siempre que éste no quede suprimido en su totalidad. 3. ZONA DE SERVICIOS. 3.1. Oficios de plantas. A) Requisitos comunes a todas las categorías. Los oficios de plantas estarán dotadas al menos de fregaderos o sumideros y armarios y es- tanterías para artículos de limpieza y lencería limpia. Sus paredes estarán revestidas de material de fácil limpieza. B) Requisitos en función de la categoría. Deberá existir al menos un oficio en todo el establecimiento cuando éste tenga más de tres plantas, exclui- da la baja o disponga de más de diez unidades de alojamiento. 3.2. Local para equipajes. Requisitos en función de la categoría. CATEGORÍA 4 3 2 1 Local para equipajes Sí Sí Sí (1) Sí (1) (1) Para edificios/complejos de más de cuarenta unidades de alojamiento. 4. GARAJE /APARCAMIENTO. A) Requisitos comunes a todas las categorías. El garaje, o aparcamiento cubierto y vigilado, estará enclavado en el mismo edificio o en otro distinto situado a una distancia máxima de cien (100) metros del acceso principal al bloque de apartamentos turísticos.

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