Legislación de Andalucía sobre el turismo

Presentación 11
Índice esquemático 13
§1. Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del turismo en Andalucía 17
Exposición de motivos 17
Título I. Disposiciones generales 20
Artículo 1. Objeto y finalidad de la Ley 20
Artículo 2. Definiciones 20
Título II. Distribución de competencias y organización administrativa 21
Capítulo I. Competencias 21
Artículo 3. Competencias de la Administración de la Junta de Andalucía 21
Artículo 4. Competencias de los municipios 23
Artículo 5. Las relaciones interadministrativas 23
Capítulo II. Órganos en materia de turismo de la Administración de la Junta de Andalucía 24
Artículo 6. Órganos 24
Artículo 7. El Consejo Andaluz del Turismo 25
Artículo 8. La Comisión Interdepartamental en Materia de Turismo 25
Título III. De la planificación y de la ordenación de los recursos turísticos 25
Capítulo I. Objetivos generales y acciones 26
Artículo 9. Objetivos generales 26
Artículo 10. Acciones de ordenación y fomento 26
Capítulo II. Ordenación de los recursos turísticos 27
Sección 1. De los instrumentos y programas turísticos 27
Artículo 11. Plan General del Turismo 27
Artículo 12. Marcos Estratégicos para la Ordenación de los Recursos y las Actividades Turísticas 29
Artículo 13. Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía 30
Artículo 14. Programas de Recualificación de Destinos 31
Artículo 15. Planes Turísticos de Grandes Ciudades 31
Artículo 16. Programas de Turismos Específicos 32
Sección 2. Del uso turístico del suelo y las relaciones con la ordenación del territorio 32
Artículo 17. Determinaciones de los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional en materia de turismo 32
Artículo 18. Mantenimiento del uso turístico 33
Capítulo III. El Municipio Turístico 34
Artículo 19. Definición de Municipio Turístico y finalidad de su declaración 34
Artículo 20. Declaración 34
Título IV. Derechos y obligaciones de las personas y usuarias de servicios turísticos y de las empresas turísticas 35
Capítulo I. De las personas usuarias de servicios turísticos 35
Artículo 21. Derechos 35
Artículo 22. Obligaciones 36
Capítulo II. De las empresas turísticas 37
Artículo 23. Derechos 37
Artículo 24. Obligaciones generales 37
Artículo 25. Sobrecontratación 38
Artículo 26. Obligaciones de información 39
Capítulo III. Unidad para la Asistencia al Turista 40
Artículo 27. Creación, funciones y medios de la Unidad 40
Título V. De la ordenación de la oferta turística 40
Capítulo I. De los servicios, actividades y establecimientos turísticos 40
Sección 1. De los servicios turísticos y actividades con incidencia en el ámbito turístico 40
Artículo 28. Servicios turísticos 40
Artículo 29. Actividades con incidencia en el ámbito turístico 41
Artículo 30. Libertad de establecimiento y de prestación de los servicios turísticos 42
Artículo 31. Signos distintivos y publicidad de los servicios turísticos 43
Artículo 32. Precios de los servicios turísticos 43
Sección 2. De los establecimientos de alojamiento turístico 43
Artículo 33. Clasificación administrativa de los establecimientos de alojamiento turístico 43
Artículo 34. Clasificación sobre la base de una declaración responsable 44
Artículo 35. Requisitos de infraestructura, seguridad y medio ambiente de los establecimientos de alojamiento turísticos 44
Artículo 36. Acceso y permanencia en los establecimientos de alojamiento turísticos 45
Capítulo II. Del Registro de Turismo de Andalucía 45
Artículo 37. Objeto, fines y naturaleza del Registro de Turismo de Andalucía 45
Artículo 38. Inscripción sobre la base de una declaración responsable 46
Artículo 39. Seguros de responsabilidad civil y otras garantías 47
Capítulo III. De los establecimientos y servicios turísticos en particular 47
Sección 1. De los establecimientos de alojamiento turístico 47
Artículo 40. Tipos de establecimientos de alojamiento turístico 47
Artículo 41. Principio de unidad de explotación 48
Artículo 42. Establecimientos en régimen de propiedad horizontal o figuras afines 49
Artículo 43. Clasificación por grupos de los establecimientos hoteleros 50
Artículo 44. Apartamentos turísticos 50
Artículo 45. Compatibilidad en el mismo inmueble de distintos grupos o tipos de establecimientos 51
Artículo 46. Campamentos de turismo o campings 51
Artículo 47. Casas rurales 52
Sección 2. De las viviendas turísticas de alojamiento rural 52
Artículo 48. De las viviendas turísticas de alojamiento rural 52
Sección 3. Régimen de aprovechamiento por turno en establecimientos de alojamiento turístico 53
Artículo 49. Régimen de aprovechamiento por turno 53
Sección 4. De la intermediación turística 53
Artículo 50. Empresas de intermediación turística 53
Sección 5. De la información turística y de los servicios de información 53
Artículo 51. Información turística 53
Artículo 52. Oficinas de turismo. 54
Artículo 53. Red de Oficinas de Turismo de Andalucía 54
Artículo 54. Guías de turismo 54
Título VI. Promoción, calidad e innovación 55
Capítulo I. De la promoción de los recursos turísticos de la Administración turística de la Junta de Andalucía 55
Artículo 55. Definición 55
Artículo 56. Principios de actuación 56
Artículo 57. Planificación de la promoción turística 56
Artículo 58. Declaraciones de interés turístico de Andalucía 56
Capítulo II. De la calidad turística 57
Artículo 59. Calidad turística 57
Artículo 60. Objetivos 57
Artículo 61. Planificación de la calidad turística 57
Capítulo III. De la innovación turística 58
Título VII. De la inspección turística 58
Artículo 63. Funciones de la inspección turística 58
Artículo 64. Los servicios de inspección turística 58
Artículo 65. Deberes de colaboración 59
Artículo 66. Obligaciones de las personas administradas 59
Artículo 67. Planificación de las actuaciones inspectoras 60
Artículo 68. Actas de infracción 61
Título VIII. Régimen sancionador de la actividad turística y medidas de ejecución forzosa 61
Capítulo I. De las infracciones administrativas 62
Artículo 69. Infracciones administrativas 62
Artículo 70. Infracciones leves 62
Artículo 71. Infracciones graves 63
Artículo 72. Infracciones muy graves 65
Artículo 73. Responsables de las infracciones 66
Artículo 74. Infracciones constitutivas de delito o falta 66
Artículo 75. Prescripción de las infracciones 67
Capítulo II. De las sanciones administrativas 67
Artículo 76. Tipología de las sanciones 67
Artículo 77. Prescripción de las sanciones 68
Artículo 78. Sanciones 68
Artículo 79. Criterios para la graduación de las sanciones 68
Artículo 80. Órganos competentes 69
Capítulo III. Del procedimiento sancionador 70
Artículo 81. Normativa de aplicación 70
Artículo 82. Incoación 70
Artículo 83. Medidas cautelares 70
Artículo 84. Caducidad 71
Artículo 85. Anotación, cancelación y publicidad de sanciones 71
Capítulo IV. Medidas de ejecución forzosa 72
Artículo 86. Multas coercitivas 72
Disposiciones adicionales 72
Primera. Actualización de las multas 72
Segunda 72
Disposiciones transitorias 73
Segunda. Escuela Oficial de Turismo de Andalucía 73
Tercera. Viviendas turísticas de alojamiento rural 73
Cuarta. Normas procedimentales 73
Quinta. Régimen sancionador 73
Disposición Derogatoria 74
Única. Derogación normativa. 74
Disposiciones finales 74
Primera. Modificación de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía 74
Segunda. Modificación de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía 74
Tercera. Desarrollo reglamentario 74
Cuarta. Delegación para la refundición de textos normativos 74
Quinta. Entrada en vigor 75
§2.1. Decreto 232/2013, de 3 de diciembre, por el que se regula organización y el régimen de funcionamiento del Consejo Andaluz de Turismo 77
Capítulo I. Objeto, naturaleza y funciones 79
Artículo 1. Objeto 79
Artículo 2. Naturaleza y régimen jurídico 79
Artículo 3. Funciones 79
Capítulo II. Organización y funcionamiento 80
Artículo 4. Organización 80
Sección 1ª. Del Pleno 81
Artículo 5. Composición del Pleno 81
Artículo 6. Nombramiento, sustitución y cese 83
Artículo 7. Facultades del Pleno 83
Artículo 8. Régimen de ejercicio de las funciones del Pleno 83
Artículo 9. Régimen de funcionamiento 84
Sección 2ª. De la Comisión Permanente 84
Artículo 10. Composición 84
Artículo 11. Funciones de la Comisión Permanente 85
Artículo 12. Nombramiento y régimen de funcionamiento 86
Sección 3ª. Del Reglamento de Régimen Interior y de las Indemnizaciones por dedicación y asistencia 86
Artículo 13. Reglamento de Régimen Interior 86
Artículo 14. Indemnización por dedicación y asistencia 87
Disposición adicional 87
Única. Reglamento de Régimen Interior 87
Disposición derogatoria 87
Única. Derogación normativa 87
Disposiciones finales 88
Primera. Desarrollo y ejecución 88
Segunda. Entrada en vigor 88
§2.1.1. Orden de 16 de diciembre 2014, por el que se aprueba el Reglamento del régimen interior del Consejo Andaluz del Turismo 89
Artículo único. Reglamento de Régimen Interior 89
Disposición derogatoria 89
Única. Derogación normativa 89
Disposición final 89
Entrada en vigor 89
Anexo. Reglamento de Régimen Interior del Consejo Andaluz del Turismo 90
Capítulo I. Disposiciones generales 90
Artículo 1. Objeto 90
Artículo 2. Funciones y facultades 90
Artículo 3. Sede 90
Artículo 4. Funcionamiento 90
Capítulo II. Del Pleno 90
Artículo 5. Designación, sustitución y renuncia de las vocalías 90
Artículo 6. Delegación de competencias y avocación 91
Artículo 7. Convocatoria de sesiones 91
Artículo 8. Orden del día 92
Artículo 9. Quórum de constitución 92
Artículo 10. Sustitución de las personas que integran el Pleno 92
Artículo 11. Delegación de voto 92
Artículo 12. Adopción de acuerdos 93
Artículo 13. Asistencia de personas ajenas al Pleno 93
Artículo 14. Actas 93
Capítulo III. De la Comisión Permanente 94
Artículo 15. Designación, sustitución y renuncia de las vocalías 94
Artículo 16. Convocatoria de sesiones 94
Artículo 17. Orden del día 95
Artículo 18. Quórum de constitución 95
Artículo 19. Sustitución de las personas que componen la Comisión Permanente 95
Artículo 20. Delegación de voto 95
Artículo 21. Adopción de acuerdos 96
Artículo 22. Asistencia de personas ajenas a la Comisión Permanente 96
Artículo 23. Actas 96
Capítulo IV. Comisiones no permanentes 97
Artículo 24. Creación y régimen de funcionamiento 97
Artículo 25. Composición 97
§3.1. Decreto 146/2016, de 30 agosto, por el que se regulan los planes turísticos de grandes ciudades de Andalucía y los convenios de colaboración mediante los que se articulan 99
Capítulo I. Disposiciones generales 101
Artículo 1. Objeto 101
Artículo 2. Ámbito de aplicación 101
Artículo 3. Finalidad, límites y objetivos generales 101
Capítulo II. Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía 102
Sección 1.ª Formulación de los Planes 102
Artículo 4. Solicitudes 102
Artículo 5. Lugares y medios de presentación de las solicitudes 103
Artículo 6. Subsanación de solicitudes 104
Artículo 7. Informe de evaluación 104
Artículo 8. Instrucción 105
Artículo 9. Resolución de formulación 105
Sección 2.ª Aprobación de los Planes 106
Artículo 10. Aprobación 106
Artículo 11. Contenido del Plan 106
Capítulo III. Convenios de Colaboración 107
Artículo 12. Articulación de los Planes Turísticos de Grandes Ciudades mediante convenios de colaboración 107
Artículo 13. Contenido de los convenios de colaboración 107
Disposiciones finales 108
Primera. Desarrollo y ejecución 108
Segunda. Entrada en vigor 108
Anexos 108
§3.2. Decreto 72/2017, de 13 de junio, de municipio turístico de Andalucía 109
Capítulo I. Disposiciones generales 110
Artículo 1. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación 110
Artículo 2. Requisitos para la declaración de Municipio Turístico de Andalucía 110
Artículo 3. Elementos de valoración 111
Capítulo II. Procedimiento de declaración de municipio turístico de Andalucía 112
Sección 1. Iniciación 112
Artículo 4. Solicitud 112
Artículo 5. Documentación 113
Artículo 6. Subsanación, mejora e inadmisión de solicitudes 114
Sección 2. Instrucción 114
Artículo 7. Remisión del expediente 114
Artículo 8. Informes de los Órganos Colegiados 115
Artículo 9. Propuesta de informe de valoración turística 115
Artículo 10. Audiencia al municipio 115
Sección 3. Resolución 115
Artículo 11. Resolución 115
Artículo 12. Acuerdo del Consejo de Gobierno 116
Sección 4. Efectos 116
Artículo 13. Efectos de la declaración 116
Artículo 14. Obligaciones de la Administración de la Junta de Andalucía 117
Artículo 15. Obligaciones de los Municipios Turísticos de Andalucía 117
Capítulo III. Comisión de valoración 118
Artículo 16. Creación y composición 118
Artículo 17. Funciones de la Comisión de Valoración 119
Capítulo IV. Convenios de colaboración 119
Artículo 18. Partes y fines de los convenios 119
Artículo 19. Contenido de los convenios 120
Artículo 20. Seguimiento del convenio 121
Capítulo V. Revocación de la declaración de municipio turístico de Andalucía 121
Artículo 21. Causas de revocación 121
Artículo 22. Iniciación e instrucción 122
Artículo 23. Resolución y efectos 122
Disposición adicional única. Delegación de competencias 123
Disposición transitoria primera. Adaptación de los Municipios Turísticos declarados con anterioridad 123
Disposición transitoria segunda. Procedimientos iniciados 123
Disposición transitoria tercera. Convenios en vigor 123
Disposición transitoria cuarta. Presentación de solicitudes 123
Disposición derogatoria única. Derogación de normas 124
Disposición final primera. Habilitación 124
Disposición final segunda. Entrada en vigor 124
§5.1. Decreto 143/2014, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y funcionamiento del registro de turismo de Andalucía 125
Capítulo I. Disposiciones generales 127
Artículo 1. Objeto 127
Artículo 2. Naturaleza y fines del Registro 127
Capítulo II. Organización y funcionamiento del Registro de Turismo de Andalucía 127
Artículo 3. Materia objeto del Registro 127
Artículo 4. Estructura del Registro 128
Artículo 5. Adscripción, organización y competencias sobre el Registro 128
Artículo 6. Funciones del Registro y tipos de asientos 129
Artículo 7. Utilización de medios electrónicos 130
Capítulo III. Procedimiento de inscripción 131
Artículo 8. Forma y contenido de la inscripción 131
Artículo 9. Inscripción en base a una declaración responsable y de oficio 132
Artículo 10. Información a incluir en la declaración responsable 132
Artículo 11. Informe técnico 133
Artículo 12. Subsanación de la declaración 133
Artículo 13. Efectos de la declaración responsable 134
Artículo 14. Modificación y cancelación de la inscripción 135
Capítulo IV. Clasificación e inscripción de establecimientos de alojamiento turístico 135
Artículo 15. Ámbito de aplicación 135
Artículo 16. Clasificación del establecimiento de alojamiento turístico 135
Artículo 17. Inscripción 136
Artículo 18. Supuestos de exención del cumplimiento de requisitos en materia declasificación 137
Artículo 19. Requisitos para la exención 137
Capítulo V. Comunicaciones y anotaciones 138
Artículo 20. Anotación de servicios turísticos no desarrollados reglamentariamente y actividades con incidencia en el ámbito turístico 138
Artículo 21. Comunicaciones y anotaciones en el Registro 138
Artículo 22. Anotación de sanciones 138
Artículo 23. Anotación de certificaciones de calidad de los servicios turísticos,premios y distinciones 139
Disposiciones transitorias 139
Primera. Procedimientos en tramitación 139
Segunda. Adaptación en materia de exención de requisitos de clasificación de establecimientos de alojamiento turístico 139
Tercera. Inscripción de viviendas turísticas de alojamiento rural y actividades secundarias 139
Disposición derogatoria 140
Única. Derogación normativa 140
Disposiciones finales 140
Primera. Modificación del Decreto 47/2004, de 10 de febrero, de Establecimientos Hoteleros 140
Segunda. Modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos 140
Tercera. Modificación del Decreto 20/2002, de 29 de enero, de turismo en el medio rural y turismo activo 140
Cuarta. Modificación del Decreto 164/2003, de 17 de junio, de ordenación de los campamentos de turismo 140
Quinta. Habilitación normativa 140
Sexta. Entrada en vigor 140
§5.2. Decreto 47/2004, de 10 de Febrero de establecimientos hoteleros 141
Capítulo I. Disposiciones generales 146
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación 146
Artículo 2. Definiciones 146
Artículo 3. Régimen jurídico 147
Artículo 4. Competencias 148
Artículo 5. Acceso a los establecimientos hoteleros 149
Artículo 6. Unidad de explotación 149
Artículo 7. Compatibilidad en el mismo inmueble de establecimientos de alojamiento turístico 150
Capítulo II. Derechos y obligaciones de los usuarios del establecimiento hotelero y de las empresas titulares y régimen de funcionamiento 150
Sección 1ª Derechos y obligaciones de los usuarios del establecimiento hotelero 150
Artículo 8. Derechos 150
Artículo 9. Obligaciones 151
Sección 2ª Derechos y obligaciones de las empresas hoteleras 151
Artículo 10. Derechos 151
Artículo 11. Obligaciones 152
Artículo 12. Sobrecontratación 153
Sección 3ª Régimen de funcionamiento 153
Artículo 13. Reglamento de régimen interior 153
Artículo 14. Documento de admisión 154
Artículo 15. Período de ocupación de las unidades de alojamiento 155
Artículo 16. Precios 155
Artículo 17. Factura 155
Artículo 18. Información en las unidades de alojamiento 156
Capítulo III. Clasificación de los establecimientos hoteleros 156
Sección 1ª. Contenido de la clasificación 156
Artículo 19. Clasificación 156
Artículo 20. Grupos 157
Artículo 21. Categorías según los grupos 157
Artículo 22. Modalidades 158
Artículo 23. Especialidades 158
Artículo 24. Derogado 158
Artículo 25. Placas identificativas 159
Artículo 26. Distintivos de calidad 159
Artículo 27. Licencias municipales 159
Sección 2ª. Grupos de establecimientos hoteleros 160
Artículo 28. Hoteles 160
Artículo 29. Hostales 160
Artículo 30. Pensiones 160
Artículo 31. Hoteles-apartamentos 160
Seccion 3ª. Modalidades 161
Artículo 32. Establecimientos hoteleros de playa 161
Artículo 33. Establecimientos hoteleros de ciudad 161
Artículo 34. Establecimientos hoteleros rurales 162
Artículo 35. Establecimientos hoteleros de carretera 162
Sección 4ª. Requisitos según la modalidad 163
Artículo 36. Requisitos en la modalidad de playa 163
Artículo 36 bis. Dispensa de los requisitos exigibles a la modalidad de playa 164
Artículo 37. Requisitos en la modalidad rural 164
Artículo 38. Derogado 164
Artículo 39. Rehabilitación y reforma del inmueble 164
Sección 5ª. Director 165
Artículo 40. Director 165
Sección 6ª. Requisitos mínimos comunes de los establecimientos hoteleros 165
Artículo 41. Plan de Autoprotección 165
Artículo 42. Derogado 166
Artículo 43. Accesos 166
Artículo 44. Derogado 166
Artículo 45. Luminosidad en las unidades de alojamiento 166
Artículo 46. Derogado 166
Artículo 47. Salubridad y potabilidad del agua 166
Artículo 48. Derogado 167
Artículo 49. Requisitos de instalación de aguas grises y regeneradas para hoteles y hoteles-apartamentos 167
Artículo 50. Derogado 167
Capítulo IV. Procedimiento de inscripción 168
Artículo 51. Derogado 168
Artículo 52. Derogado 168
Artículo 53. Derogado 168
Artículo 54. Derogado. 168
Artículo 55. Derogado 168
Artículo 56. Derogado 168
Artículo 57. Derogado 168
Capítulo V. Inspección y Régimen Sancionador 168
Artículo 58. Inspección 168
Artículo 59. Régimen sancionador 169
Disposiciones adicionales 169
Primera. Política de fomento 169
Segunda. Exenciones de los establecimientos hoteleros inscritos definitivamente 169
Tercera. Alojamientos turísticos en el medio rural 170
Cuarta. Delegación de competencias 170
Disposiciones transitorias 170
Primera. Establecimientos hoteleros con inscripción provisional 170
Segunda. Adaptación y dispensa de los establecimientos hoteleros 171
Tercera. Adaptación de pensiones 172
Cuarta. Adaptación de las fondas y casas de huéspedes 173
Quinta. Clasificación en modalidades 173
Sexta. Especialidades 173
Séptima. Compatibilidad entre establecimientos con categoría similar 173
Octava. Cumplimiento del requisito de ubicación de los establecimientos hoteleros de playa 174
Disposición derogatoria 174
Única. Derogación de normas 174
Disposiciones finales 174
Primera. Habilitación 174
Segunda. Vigencia de normas reglamentarias 174
Tercera. Entrada en vigor 174
Anexos 175
Primero. Requisitos Mínimos Específicos para el Grupo de Hoteles 175
Segundo. Requisitos Mínimos Específicos para el Grupo de Hostales 183
Tercero. Requisitos mínimos específicos para el grupo de pensiones 184
Cuarto. Requisitos Mínimos Específicos para el Grupo de Hoteles-Apartamentos 185
Quinto. Requisitos Mínimos Específicos en función de la Modalidad y Categoría 188
Sexto. Especialidades 188
Séptimo. Distintivos 193
Octavo. Requisitos relativos a la clasificación cuyo cumplimiento puede ser objeto de exención 193
Noveno. Compensaciones necesarias para la exención de requisitos relativos a la clasificación 196
§5.2.1. Orden de 25 de abril de 2005, por la que se aprueba las características y dimensiones de los distintivos de los establecimientos hoteleros 199
Artículo 1. Objeto 199
Artículo 2. Ámbito de aplicación 199
Artículo 3. Distintivos de los establecimientos hoteleros 199
Artículo 4. Tipos de distintivos 200
Artículo 5. Características y dimensiones de los distintivos 200
Disposición transitoria 201
Única. Plazo de exhibición de los distintivos 201
Disposición derogatoria 201
Única. Derogación de normas 201
Disposición final 201
Única. Derogación de normas 201
Anexo 201
§5.3 Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos 203
Capítulo I. Disposiciones generales 206
Artículo 1. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones 206
Artículo 2. Normativa aplicable 206
Artículo 3. Competencias 207
Artículo 4. Empresas explotadoras 208
Artículo 5. Unidad de explotación 208
Artículo 6. Derechos y obligaciones de las personas usuarias 209
Artículo 7. Derechos y deberes de las empresas explotadoras 209
Capítulo II. Clasificación 210
Sección 1.ª Contenido y vigencia de la clasificación 210
Artículo 8. Obligatoriedad de la inscripción y clasificación 210
Sección 2.ª Grupos y categorías 211
Artículo 9. Grupos 211
Artículo 10. Compatibilidad en el mismo inmueble de establecimientos de alojamiento turístico 212
Artículo 11. Categorías 212
Sección 3.ª Modalidades 212
Artículo 12. Modalidades 212
Artículo 13. Establecimientos de playa 213
Artículo 14. Establecimientos de ciudad 213
Artículo 15. Establecimientos rurales 214
Artículo 16. Establecimientos de carretera 214
Sección 4.ª Requisitos según la modalidad 214
Artículo 17. Requisitos en la modalidad de playa 214
Artículo 18. Requisitos en la modalidad rural 215
Artículo 19. Aplicación de los requisitos de la presente Sección a los establecimientos del grupo conjuntos 215
Artículo 20. Rehabilitación o reforma de inmuebles 215
Sección 5.ª Especialidades 216
Artículo 21. Especialidades 216
Sección 6.ª Distintivos 216
Artículo 22. Placas identificativas 216
Capítulo III. Régimen de funcionamiento 217
Artículo 23. Servicio de relación con las personas usuarias 217
Artículo 24. Documento de admisión 217
Artículo 25. Duración de la estancia y período de ocupación de las unidades de alojamiento 218
Artículo 26. Servicios comprendidos en el precio 218
Artículo 27. Factura 219
Artículo 28. Hojas de quejas y reclamaciones 219
Artículo 29. Información en las unidades de alojamiento 219
Artículo 30. Dirección 220
Artículo 31. Reglamento de régimen interior 220
Capítulo IV. Requisitos mínimos de infraestructura de los establecimientos 220
Sección 1.ª Cumplimiento de requisitos 220
Artículo 32. Requisitos mínimos comunes y específicos 220
Sección 2.ª. Requisitos mínimos comunes 221
Artículo 33. Depósitos de agua potable 221
Artículo 34. Suministro de electricidad y condiciones de luminosidad 221
Capítulo V. Inspección y régimen sancionador 221
Artículo 35. Inspección 221
Artículo 36. Régimen sancionador 222
Disposición adicional primera. Política de fomento 222
Disposición adicional segunda. Exenciones de los establecimientos de apartamentos turísticos 222
Disposición adicional tercera. Mantenimiento de categoría de establecimientos de apartamentos turísticos 223
Disposición adicional cuarta. Unidad de alojamiento 223
Disposición adicional quinta. Establecimientos inscritos como «bloques» 223
Disposición transitoria primera. Apartamentos turísticos con inscripción provisional o calificación previa 223
Disposición transitoria segunda. Adaptación de los apartamentos turísticos inscritos 223
Disposición transitoria tercera. Clasificación opcional en modalidades 224
Disposición transitoria cuarta. Normativa aplicable para establecimientos existentes 225
Disposición derogatoria única. Derogación normativa 225
Disposición final primera. Habilitación normativa 225
Disposición final segunda. Entrada en vigor 225
Anexo I. Requisitos mínimos para el grupo de edificios/complejos de apartamentos turísticos 225
1. Zona de comunicaciones 225
2. Zona de usuarios 226
3. Zona de servicios 230
4. Garaje/aparcamiento 230
5. Instalaciones y servicios 231
Anexo II. Requisitos mínimos para el grupo conjuntos de apartamentos turísticos 233
1. Zona de comunicaciones. 233
2. Zona de usuarios 233
3. Instalaciones y servicios 233
Anexo III. Requisitos mínimos específicos en función de la modalidady categoría. Edificios/Complejos de apartamentos turísticos en playa.Requisitos en función de la categoría 234
Anexo IV. Especialidades 234
Anexo V. Requisitos relativos a la clasificación cuyo cumplimiento puede ser objeto de exención 236
Anexo VI. Compensaciones necesarias para la exención de requisitosrelativos a la clasificación 238
§5.3.1 Orden de 27 de septiembre de 2011, por la que se aprueban los distintivos de los apartamentos turísticos 241
Artículo 1. Objeto 241
Artículo 2. Ámbito de aplicación 241
Artículo 3. Distintivos de los establecimientos de apartamentos turísticos 242
Artículo 4. Tipos de distintivos. Características y dimensiones 242
Disposición transitoria 243
Única. Plazo para la exhibición de los distintivos 243
Disposición derogatoria 243
Única. Derogación de normas 243
Disposiciones finales 243
Primera. Habilitación normativa 243
§5.4. Decreto164/2003, de 17 de junio, de ordenación de los campamentos de turismo 245
Capítulo I. Disposiciones Generales 247
Sección 1ª. Objeto y ámbito de aplicación 247
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación 247
Sección 2ª. Régimen jurídico 248
Artículo 2. Régimen general 248
Artículo 3. [...] 248
Artículo 4. Campamentos de turismo clandestinos 248
Artículo 5. Ubicación 248
Sección 3ª. Clasificación 250
Artículo 6. Clasificación 250
Artículo 7. Categorías de los campamentos de turismo 250
Artículo 8. Modalidades 250
Artículo 9. […] 251
Artículo 10. Signos distintivos 251
Sección 4ª. Derechos y obligaciones de las empresas titulares y de los usuarios turísticos 251
Artículo 11. Derechos y obligaciones de las empresas 251
Artículo 12. Derechos y obligaciones de los usuarios 253
Sección 5ª. Protección de los valores naturales 254
Artículo 13. Protección de los valores naturales 254
Capítulo II. Requisitos de los campamentos de turismo 254
Sección 1ª. Requisitos estructurales 254
Artículo 14. Superficies del campamento 254
Artículo 15. Capacidad de alojamiento 255
Artículo 16. Instalaciones fijas de uso colectivo 255
Artículo 17. Instalaciones fijas de alojamiento 255
Artículo 18. Parcelas 256
Artículo 19. Elementos de acampada 256
Artículo 20. Accesos 256
Artículo 21. Viales 257
Artículo 22. Aparcamientos 257
Artículo 23. Cerramientos 257
Artículo 24. […] 257
Sección 2ª. Requisitos de seguridad, de suministros y de tratamiento de residuos 258
Artículo 25. Sistemas de seguridad y prevención de incendios 258
Artículo 26. Botiquín de primeros auxilios 258
Artículo 27. Electricidad 258
Artículo 28. Agua potable 259
Artículo 29. Derogado 259
Artículo 30. Derogado 259
Artículo 31. Servicios higiénicos 259
Sección 3ª. Dispensa 259
Artículo 32. Derogado 259
Artículo 33. Derogado 259
Capítulo III. Procedimiento de inscripción 260
Artículo 34. Derogado 260
Artículo 35. Derogado 260
Artículo 36. Derogado 260
Artículo 37. Derogado 260
Artículo 38. Derogado 260
Capítulo IV. Régimen de funcionamiento de los campamentos de turismo 260
Artículo 39. Acceso y permanencia en los campamentos de turismo 260
Artículo 40. Limitaciones 261
Artículo 41. Recepción de los campamentos de turismo 261
Artículo 42. Información al usuario del campamento 262
Artículo 43. […] 262
Capítulo V. Inspección y régimen sancionador 263
Artículo 44. Inspección 263
Artículo 45. Régimen sancionador 263
Disposiciones adicionales 263
Primera. […] 263
Segunda. Especialidad de Campamentos-Cortijo 263
Tercera. Servicio turístico de turismo ecológico o ecoturismo 264
Cuarta. […] 264
Quinta. Campamentos de turismo de uso privado 264
Sexta. Exenciones 265
Disposiciones transitorias 266
Primera. Campamentos inscritos provisionalmente 266
Segunda. Áreas de acampada 266
Tercera. Adaptación de los campamentos de turismo 266
Cuarta. Cobertura mínima obligatoria del contrato de seguro de responsabilidad civil 267
Disposiciones derogatorias 268
Derogación de normas 268
Primera. Desarrollo normativo 268
Segunda. Entrada en vigor 268
Anexos 268
Primero. Requisitos de los campamentos de turismo según su categoría 268
Segundo. Signos distintivos 273
Tercero. Requisitos relativos a la clasificación cuyo cumplimiento puede ser objeto de exención 274
Cuarto. Compensaciones necesarias para la exención de requisitos relativos a la clasificación 274
§5.5. Decreto 20/2002, de 29 de enero, de turismo en el medio rural y turismo activo 277
Título I. Disposiciones generales 280
Artículo 1. Objeto 280
Artículo 2. Régimen jurídico 280
Artículo 3. Medio rural 280
Artículo 4. Actividades de turismo activo 281
Artículo 5. Competencia 282
Artículo 6. Relaciones interadministrativas 282
Artículo 7. Respeto al medio ambiente 283
Artículo 8. Calidad de los servicios y establecimientos turísticos 283
Título II. Turismo en el medio rural 283
Capítulo I. Alojamiento Turístico en el Medio Rural 283
Sección 1ª. Disposiciones generales 283
Artículo 9. Definición 283
Artículo 10. Especialización de los establecimientos en el medio rural 284
Artículo 11. Requisitos mínimos de infraestructura de los alojamientos turísticos en el medio rural 284
Artículo 12. Servicios mínimos 284
Artículo 13. Servicios complementarios 284
Artículo 14. Derogado 285
Sección 2ª. Casas rurales 285
Artículo 15. Casas rurales 285
Artículo 16. Categorías 285
Sección 3ª. Establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos rurales y complejos turísticos rurales 285
Artículo 17. Establecimientos hoteleros y apartamentos turísticos rurales 285
Artículo 18. Complejos turísticos rurales y Villas turísticas 286
Sección 4ª. Viviendas turísticas de alojamiento rural 286
Artículo 19. Viviendas turísticas de alojamiento rural 286
Capítulo II. La restauración en el medio rural 287
Artículo 20. Restauración en el medio rural 287
Título III. Turismo activo 288
Capítulo I. Actividades de turismo activo 288
Artículo 21. Declaración de servicio turístico 288
Artículo 22. Turismo activo 288
Artículo 23. Requisitos exigibles para desarrollar actividades de turismo activo en Andalucía 288
Artículo 24. Derogado 289
Artículo 25. Derogado 289
Artículo 26. Obligaciones de las empresas de turismo activo 289
Artículo 27. Derogado 290
Artículo 28. Equipo y material 290
Artículo 29. Información 290
Artículo 30. Menores 291
Artículo 31. Federaciones deportivas andaluzas 291
Capítulo II. Senderos y caminos rurales 291
Artículo 32. Senderos y caminos rurales 291
Artículo 33. Promoción pública de los senderos y caminos rurales 292
Artículo 34. Declaración de interés turístico nacional de Andalucía de senderos y caminos rurales 292
Título IV. Disposiciones comunes 292
Capítulo I. Obligaciones de las empresas turísticas 292
Artículo 35. Distintivos y publicidad 292
Artículo 36. Obligaciones de los titulares 293
Artículo 37. Facturación y pago de los servicios turísticos 293
Capítulo II. Fomento y promoción de los servicios turísticos 294
Artículo 38. Formación 294
Artículo 39. Fomento 294
Artículo 40. Asociacionismo 294
Artículo 41. Promoción del turismo en el medio rural 295
Disposiciones adicionales 295
Primera. Consejo Asesor en materia de Turismo 295
Segunda. Red Andaluza de Villas Turísticas 295
Disposiciones transitorias 296
Primera. Adaptación de los establecimientos de alojamiento turístico en el medio rural 296
Segunda. Adaptación de las viviendas turísticas de alojamiento rural 296
Tercera. Deber de comunicación de las viviendas turísticas de alojamiento rural 296
Cuarta. Adaptación de las actividades de turismo activo 297
Quinta. Derogado 297
Sexta. Derogado 297
Séptima. Delimitación de zonas no consideradas como medio rural 297
Octava. Consejo Andaluz del Turismo 297
Disposición derogatoria 297
Disposiciones finales 298
Primera. Derogado 298
Segunda. Desarrollo normativo 298
Tercera. Entrada en vigor 298
Anexos 298
Anexo I. Especialización de los establecimientos de alojamiento en el medio rural 298
Anexo II. Requisitos mínimos de infraestructura de los alojamientos turísticos en el medio rural 300
Anexo III. Prescripciones específicas de las casas rurales 300
Anexo IV. Prescripciones específicas de los complejos turísticos rurales 303
Anexo V. Actividades de turismo activo 304
Anexo VI. Requisitos relativos a la clasificación cuyo cumplimiento puede ser objeto de exención 306
Anexo VII. Requisitos relativos a la clasificación cuyo cumplimiento puede ser objeto de exención 307
Anexo VIII. Compensaciones necesarias para la exención de requisitos relativos a la clasificación 307
§5.5.1. Orden de 20 de marzo de 2003, conjunta de las Consejerías de Turismo y Deporte y de Medio Ambiente, por la que se establecen obligaciones y condiciones medioambientales para la práctica de las actividades integrantes del turismo activo 313
Capítulo I. Disposiciones generales 314
Artículo 1. Objeto 314
Artículo 2. Ámbito 314
Artículo 3. Finalidades 314
Artículo 4. Régimen jurídico 314
Capítulo II. Obligaciones de las empresas de turismo activo 315
Artículo 5. Inscripción 315
Artículo 6. Comunicación previa al inicio de la actividad 315
Artículo 7. Obligaciones generales 316
Artículo 8. Deber de información al usuario 316
Capítulo III. Condiciones medioambientales 316
Artículo 9. Condiciones medioambientales 316
Artículo 10. Limitaciones de uso público 317
Capítulo IV. Autorización de la Consejería de Medio Ambiente 317
Artículo 11. Autorización 317
Artículo 12. Solicitud 318
Artículo 13. Instrucción y criterios 318
Artículo 14. Resolución 319
Artículo 15. Efectos de la autorización 319
Capítulo V. Régimen sancionador 320
Artículo 16. Régimen sancionador 320
Disposición adicional 320
Única. Distintivo del servicio de turismo activo 320
Disposición transitoria 320
Única. Adaptación a la presente Orden 320
Disposición derogatoria 321
Única. Derogación de normas 321
Disposiciones finales 321
Primera. Desarrollo y ejecución 321
Segunda. Entrada en vigor 321
Anexos 321
Anexo 1. Condiciones medioambientales para la práctica de las actividades de turismo activo, independientemente del lugar de su desarrollo 321
Anexo 2. Condiciones medioambientales para las actividades de turismo activo en vías pecuarias y terrenos forestales 323
Anexo 3. Condiciones medioambientales para las actividades de turismo activo en espacios naturales protegidos 324
5.5.2 Orden de 19 de septiembre de 2003, por la que se aprueban los distintivos de los alojamientos turísticos en el medio rural y de los mesones rurales 327
Artículo 1. Ámbito de aplicación 327
Artículo 2. Distintivos de los alojamientos turísticos en el medio rural 328
Artículo 3. Distintivo acreditativo de los establecimientos turísticos de restauración con la denominación “Mesón rural” 328
Disposiciones adicionales 328
Primera. Normas de utilización 328
Segunda. Placas identificativas 328
Disposición transitoria 328
Única. Adaptación 328
Disposición derogatoria 329
Única 329
Disposición final 329
Única. Entrada en vigor 329
§5.6. Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos y de modificación del decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos 331
Capítulo I. Disposiciones Generales 334
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación 334
Artículo 2. Régimen Jurídico 334
Artículo 3. Definición 335
Artículo 4. Responsabilidad ante la Administración turística y las personas usuarias 335
Artículo 5. Tipos 335
Artículo 6. Requisitos y servicios comunes 336
Capítulo II. Régimen del contrato 337
Artículo 7. Formalización del contrato y acceso a la vivienda 337
Artículo 8. Precio y reserva 337
Capítulo III. Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía 338
Artículo 9. Inscripción 338
Capítulo IV. Inspección y régimen sancionador 339
Artículo 10. Inspección y régimen sancionador 339
Artículo 11. Actividad clandestinas 339
Disposición transitoria 339
Única. Régimen transitorio 339
Disposiciones finales 340
Primera. Modificación del Decreto 194/2010, de 20 de abril, de establecimientos de apartamentos turísticos 340
Segunda. Reclasificación de apartamentos turísticos del grupo edificios/complejos al grupo conjuntos 340
Tercera. Habilitación normativa 340
Cuarta. Entrada en vigor 340
§5.7. Decreto 301/2002, de 17 de diciembre, de agencias de viajes y centrales de reservas 341
Título I. Disposiciones generales 344
Capítulo I. Disposiciones comunes 344
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación 344
Artículo 2. Derogado 344
Artículo 3. Derechos 344
Artículo 4. Obligaciones 345
Capítulo II. De la actividad de las empresas de mediación turística prestada a través de la sociedad de la información 346
Artículo 5. Servicios turísticos de la sociedad de la información 346
Artículo 6. Información específica 346
Artículo 7. Publicidad electrónica de las empresas de mediación turística 347
Título II. De las agencias de viajes 347
Capítulo I. Objeto y clasificación 347
Artículo 8 Derogado 347
Artículo 9. Clasificación de las agencias de viajes 348
Capítulo II. Título-licencia y requisitos para el inicio de la actividad 348
Artículo 10. Derogado 348
Artículo 11. Garantía de la responsabilidad contractual 348
Artículo 12. Seguro de responsabilidad civil 350
Artículo 13. Nombre comercial 351
Capítulo III. Procedimiento para la obtención del título-licencia 351
Artículo 14. Derogado 351
Artículo 15. Derogado 351
Artículo 16. Derogado 351
Artículo 17. Derogado 351
Artículo 18. Cesación de efectos de la inscripción 351
Capítulo IV. Establecimientos y puntos de venta 352
Artículo 19. Requisitos para la apertura y cierre de establecimientos 352
Artículo 20. Puntos de venta 352
Capítulo V. De las agencias de viajes habilitadas por otras Administraciones 352
Artículo 21. De las Agencias de viajes habilitadas por otras Comunidades Autónomas o por Estados miembros de la Unión Europea 352
Artículo 22 Derogado 353
Capítulo VI. Del ejercicio de la actividad de agencia de viajes 353
Artículo 23. Viajes Combinados 353
Artículo 24. Información turística 353
Artículo 25. Menciones mínimas en la documentación y publicidad de las agencias de viajes 354
Capítulo VII. De la protección de las actividades de las agencias de viajes 354
Artículo 26 354
Artículo 27. Protección e identificación de la actividad 354
Artículo 28. Infracciones y sanciones 355
Título III. De las centrales de reservas 355
Artículo 29. De rogado 355
Artículo 30. Derogado 355
Artículo 31. Derogado 355
Disposiciones adicionales 356
Primera. Servicio turístico de organización profesional de congresos 356
Segunda Derogada 356
Disposiciones transitorias 356
Primera. Adaptación de las empresas de mediación turística 356
Segunda. Adaptación de las empresas dedicadas al servicio turístico de organización profesional de congresos 356
Disposición derogatoria 357
Única 357
Disposiciones finales 357
Primera. Desarrollo 357
Segunda. Entrada en vigor 357
§5.8. Decreto 202/2002, de 16 de julio, de oficinas de turismo y red de oficinas de turismo en Andalucía 359
Capítulo I. Disposiciones generales 360
Artículo 1. Objeto 360
Artículo 2. Definiciones 361
Capítulo II. Oficinas de turismo y puntos de información turística 361
Sección 1ª. Requisitos y régimen de prestación del servicio de información turística 361
Artículo 3. Clases de oficinas de turismo 361
Artículo 4. Servicio de información turística 361
Artículo 5. Requisitos mínimos de las oficinas de turismo 362
Artículo 6. Puntos de información turística 362
Artículo 7. Deberes 363
Artículo 8. Ayudas y colaboración 365
Sección 2ª. Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía 365
Artículo 9. Derogado 365
Artículo 10 . Derogado 365
Artículo 11 . Derogado 365
Artículo 12. Derogado 365
Artículo 13. Derogado 365
Capítulo III. La red de oficinas de turismo de Andalucía 365
Sección 1ª. Composición y gestión de la Red 365
Artículo 14. Fines de la Red de Oficinas de Turismo de Andalucía 365
Artículo 15. Integración en la Red 365
Artículo 16. Asignación de funciones a Turismo Andaluz, SA. 366
Sección 2ª. Derechos y deberes 366
Artículo 17. Derechos 366
Artículo 18. Deberes 367
Artículo 19. Contenido del servicio de información turística 367
Artículo 20. Personal 367
Artículo 21. Apertura y horario 368
Artículo 22. Incumplimiento de los deberes específicos 368
Disposición adicional 368
Única. Colaboración con oficinas de turismo ubicadas fuera de Andalucía 368
Disposiciones transitorias 369
Primera. Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía 369
Segunda. Adaptación de las oficinas de turismo de la Administración de la Junta de Andalucía 369
Disposición derogatoria 369
Disposiciones finales 369
Primera. Habilitación 369
Segunda. Entrada en vigor 370
Anexos 370
Anexo 1. Superficies y requisitos técnicos mínimos de todas las oficinas de turismo de Andalucía 370
Anexo 5. Requisitos técnicos adicionales de las oficinas integradas en la red de oficinas de turismo de Andalucía 371
§5.8.1. Orden de 23 de diciembre de 2013, por la que se aprueban los distintivos de las oficinas de turismo y los puntos de informacuión turística de Andalucía 373
Artículo 1. Distintivo genérico de las oficinas de turismo y de los puntos de información turística de Andalucía 373
Artículo 2. Distintivo acreditativo de la integración de una oficina de turismo en la Red de Oficinas de Turismo de Andalucía 373
Disposición transitoria 374
Única. Adaptación de distintivos 374
Disposición derogatoria 374
Única. Derogación de normas 374
Disposiciones finales 374
Primera. Habilitación 374
Segunda. Entrada en vigor 374
Anexos 375
§5.9. Decreto 8/2015, de 20 de enero, regulador de guías de turismo de Andalucía 377
Capítulo I. Disposiciones Generales 378
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación 378
Artículo 2. Definición de la actividad 379
Artículo 3. Acceso y ejercicio de la actividad propia de guías de turismo 379
Capítulo II. De la habilitación 379
Sección 1.ª Habilitación 379
Artículo 4. Habilitación 379
Sección 2.ª Acceso general a la habilitación en Andalucía 380
Artículo 5. Requisitos 380
Artículo 6. Acreditación de los requisitos de cualificación profesional y de competencias lingüísticas 380
Sección 3.ª Habilitación mediante reconocimiento de las cualificaciones profesionales obtenidas en otros estados miembros de la Unión Europea 382
Artículo 7. Requisitos 382
Artículo 8. Reconocimiento de cualificaciones profesionales de guía de turismo obtenida en otro estado miembro donde esté regulada 382
Artículo 9. Reconocimiento de cualificaciones profesionales en Estados donde la actividad de guía de turismo no está regulada 383
Artículo 10. Conocimiento de idiomas 383
Sección 4.ª Del procedimiento común a las Secciones 2.ª y 3.ª 384
Artículo 11. Aplicación 384
Artículo 12. Solicitud 384
Artículo 13. Subsanación de la solicitud 385
Artículo 14. Instrucción 385
Artículo 15. Resolución 385
Sección 5.ª Procedimiento de habilitación de guía de turismo de Andalucía mediante pruebas 386
Artículo 16. Pruebas para la obtención de la habilitación 386
Capítulo III. Libre prestación del servicio en supuestos de ejercicio temporal u ocasional 387
Artículo 17. Principio de libre prestación del servicio 387
Capítulo IV. De la inscripción registral y del carné de las personas guías de turismo 388
Artículo 18. Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía 388
Artículo 19. Carné o distintivo de las personas guías de turismo 388
Capítulo V. De los derechos y obligaciones 389
Artículo 20. Derechos de las personas guías de turismo 389
Artículo 21. Obligaciones de las personas guías de turismo 389
Artículo 22. Desarrollo de la actividad en los Bienes del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz 390
Capítulo VI. Del régimen sancionador 391
Artículo 23. Infracciones y sanciones 391
Disposición transitoria 391
Única. Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía 391
Disposición derogatoria 391
Única. Derogación normativa 391
Disposiciones finales 391
Primera. Desarrollo normativo 391
Segunda. Entrada en vigor 391
Anexos 392
Primero. Títulos o certificados oficiales que acreditan la competencia lingüística en un idioma extranjero con nivel B1, B2 o superior del artículo 6. 392
Segundo. Títulos de Educación Superior, Licenciatura o Diplomatura que, a los solos efectos de esta habilitación, tendrán la consideración de convalidación parcial de las unidades de competencias establecidas en el artículo 6. 396
§6.1. Orden de 9 de abril de 2010, por la que se regulan los premios de Andalucía de turismo 403
Artículo 1. Objeto 404
Artículo 2. Modalidades 404
Artículo 3. Candidaturas 405
Artículo 4. Presentación de las candidaturas 405
Artículo 5. Documentación 406
Artículo 6. Jurado 407
Artículo 7. Fallo y publicación 408
Artículo 8. Periodicidad y efectos 409
Artículo 9. Entrega de premios 409
Disposición derogatoria 409
Única. Derogación de normas 409
Disposiciones finales 409
Primera. Desarrollo y ejecución 409
Segunda. Entrada en vigor 409
§6.2. Decreto 116/2016, de 5 de julio, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Andalucía 411
Capítulo I. Disposiciones Generales 412
Artículo 1. Objeto 412
Artículo 2. Modalidades de declaraciones de interés turístico de Andalucía 413
Artículo 3. Competencia para resolver 413
Artículo 4. Derechos y obligaciones 413
Capítulo II. Procedimiento para la Declaración de Interés Turístico de Andalucía 414
Artículo 5. Disposiciones comunes 414
Artículo 6. Lugares, Rutas e Itinerarios de Interés Turístico de Andalucía 415
Artículo 7. Publicaciones de Interés Turístico de Andalucía y Obras Audiovisuales de Interés Turístico de Andalucía 416
Artículo 8. Acontecimientos de Interés Turístico de Andalucía 417
Artículo 9. Fiestas de Interés Turístico de Andalucía 417
Artículo 10. Inicio 418
Artículo 11. Presentación de la solicitud 418
Artículo 12. Documentación 419
Artículo 13. Subsanación de la solicitud 419
Artículo 14. Procedimientos iniciados de oficio 420
Artículo 15. Informes 420
Artículo 16. Resolución y duración de la Declaración de Interés Turístico de Andalucía 420
Capítulo III. Procedimiento para la modificación de las Declaraciones de Interés Turístico de Andalucía 421
Artículo 17. Inicio 421
Artículo 18. Instrucción del procedimiento 422
Artículo 19. Resolución 422
Capítulo IV. Procedimiento para la revocación de las Declaraciones de Interés Turístico de Andalucía 423
Artículo 20. Causas de revocación 423
Artículo 21. Iniciación e instrucción del procedimiento 423
Artículo 22. Resolución y efectos de la revocación 424
Capítulo V. Publicidad de las resoluciones, inscripción o cancelación en el Registro de Turismo y Régimen sancionador 424
Artículo 23. Publicidad 424
Artículo 24. Régimen sancionador 425
Disposiciones adicionales 425
Primera. Declaraciones de interés turístico Nacional e Internacional 425
Segunda. Declaraciones de interés turístico de Andalucía ya otorgadas 425
Disposición transitoria 425
Única. Procedimientos iniciados 425
Disposición derogatoria 425
Única. Derogación de normas 425
Disposiciones finales 426
Primera. Modificación del Decreto 232/2013, de 3 de diciembre, por el que se regula la organización y el régimen de funcionamiento del Consejo Andaluz del Turismo 426
Segunda. Habilitación 426
Tercera. Entrada en vigor 426
Anexos 426
Primero. Solicitud de reconocimiento 426
Segundo. Solicitud de modificación 426
§6.3. Decreto 43/2008, de 12 de febrero, regulador de las condiciones de implantación y funcionamiento de campos de golf en Andalucía 427
Capítulo I. Disposiciones generales 429
Artículo 1. Objeto 429
Artículo 2. Concepto de campo de golf 429
Artículo 3. Acceso público 430
Artículo 4. Terrenos adscritos y usos complementarios y compatibles 430
Artículo 5. Inscripción en el Registro de la Propiedad 431
Capítulo II. Condiciones y requisitos para la implantación territorial de campos de golf 431
Artículo 6. Condicionantes generales 431
Artículo 7. Aptitud de los terrenos para la construcción de campos de golf 431
Artículo 8. Suficiencia de recursos hídricos 432
Artículo 9. Suficiencia y funcionalidad de las redes de infraestructura y servicios 432
Artículo 10. Mantenimiento y recuperación medioambiental de los terrenos en los que se implanten campos de golf 433
Capítulo III. Condiciones urbanísticas básicas para la implantación y ordenación de campos de golf 433
Artículo 11. Condiciones urbanísticas para la implantación de campos de golf 433
Artículo 12. Condiciones urbanísticas de ordenación 434
Artículo 13. De los instrumentos urbanísticos de planeamiento 435
Artículo 14. Condiciones urbanísticas de ejecución 435
Capítulo IV. Prescripciones técnicas para el diseño de los campos de golf y sus construcciones e instalaciones complementarias 436
Artículo 15. Prescripciones Generales 436
Artículo 16. Prescripciones relacionadas con el tratamiento del terreno 436
Artículo 17. Prescripciones relacionadas con la vegetación y la fauna 437
Artículo 18. Prescripciones relacionadas con el ciclo del agua 437
Artículo 19. Prescripciones relacionadas con el diseño de las construcciones, edificaciones e instalaciones 438
Artículo 20. Prescripciones de explotación y gestión 438
Artículo 21. Eficiencia energética y tratamiento de residuos 438
Capítulo V. Campos de golf de interés turístico 439
Artículo 22. Concepto 439
Artículo 23. Requisitos para la declaración e implantación de los campos de golf de Interés Turístico 439
Artículo 24. Prescripciones técnicas suplementarias de los campos de golf de Interés Turístico 440
Artículo 25. Acciones de sostenibilidad 441
Artículo 26. Usos complementarios y compatibles 442
Artículo 27. Parámetros urbanísticos de los campos de golf de Interés Turístico 442
Artículo 28. Tramitación y resolución de los proyectos de Interés Turístico 443
Artículo 29. Alcance de la declaración de Interés Turístico 446
Artículo 30. Comisión Técnica de Calificación 447
Disposición adicional 448
Única. Delegación de competencias 448
Disposiciones transitorias 448
Primera. Adaptación de los campos de golf existentes 448
Segunda. Instrumentos de planeamiento en trámite 448
Tercera. Obtención de la declaración de Interés Turístico por los campos existentes 449
Disposición derogatoria 449
Única. 449
Disposiciones finales 449
Primera. Habilitación para el desarrollo 449
Segunda. Entrada en vigor 449
§6.3.1. Orden de 13 de marzo de 2012, por el que se desarrolla el procedimiento para obtener la declaración de los campos de golf de interés turístico en Andalucía 451
Capítulo I. Disposiciones generales 452
Artículo 1. Objeto 452
Artículo 2. Concepto y características de los campos de golf de interés turístico 452
Artículo 3. Determinación del interés turístico 452
Artículo 4. Procedimiento 452
Artículo 5. Órgano responsable del procedimiento 453
Artículo 6. Utilización de medios electrónicos 453
Capítulo II. Iniciación del procedimiento 453
Artículo 7. Solicitud 453
Artículo 8. Documentación 454
Artículo 9. Lugares y medios de presentación de las solicitudes 454
Artículo 10. Subsanación y mejora de la solicitud 456
Capítulo III. Instrucción 456
Artículo 11. Audiencia previa e información pública 456
Artículo 12. Informes técnicos sectoriales 457
Artículo 13. Informe de alegaciones 459
Artículo 14. Tramitación abreviada 459
Artículo 15. Informe de la Comisión Técnica de Calificación 459
Artículo 16. Trámite de audiencia 460
Artículo 17. Propuesta de resolución 460
Capítulo IV. Resolución 460
Artículo 18. Resolución. 460
Capítulo V. Alcance y efectos de la declaración 461
Artículo 19. Alcance y efectos 461
Artículo 20. Mantenimiento y revocación de la declaración 462
Disposición adicional 462
Única. Tramitación electrónica del procedimiento 462
Disposición transitoria 462
Única. Régimen transitorio 462
Disposiciones finales 463
Primera. Habilitación para actualización de anexos 463
Segunda. Entrada en vigor 463
Anexos 463
Anexo I. Solicitud de Declaración de campos de golf 463
Anexo II. Documentación para la presentación de la solicitud de declaración de campos de golf de interés turístico en Andalucía 463
§7.1. Decreto 144/2003, de 3 de junio, por el que se regula la inspección de turismo 469
Capítulo I. Disposiciones generales 470
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación 470
Artículo 2. Funciones de la inspección turística 471
Artículo 3. Titularidad de las facultades de inspección turística 471
Artículo 4. Estructura organizativa 472
Artículo 5. Inspectores de turismo 472
Artículo 6. Habilitación para el ejercicio de la inspección de turismo 473
Artículo 7. Ejercicio de las funciones de inspección por funcionarios de los Municipios con facultades delegadas 473
Artículo 8. Acreditación 473
Artículo 9. Facultades de los inspectores de turismo 474
Artículo 10. Deberes de los inspectores de turismo 474
Capítulo II. La actuación inspectora 475
Sección 1.ª Inicio de las actuaciones 475
Artículo 11. Inicio 475
Sección 2.ª Actuaciones de Inspección 475
Artículo 12. Medios de la actuación inspectora 475
Artículo 13. Deber de colaboración 476
Artículo 14. Obstrucción a la inspección 476
Artículo 15. Constancia documental 476
Artículo 16. Lugares de las visitas de inspección 477
Artículo 17. Inspección sobre los servicios turísticos prestados a través de los servicios de la sociedad de la información 477
Artículo 18. Contenido de la actuación inspectora 477
Sección 3.ª Citaciones a comparecencia 478
Artículo 19. Citación a comparecencia 478
Capítulo III. Documentación inspectora 478
Artículo 20. Documentos de la inspección turística 478
Sección 1.ª Actas de la Inspección 478
Artículo 21. Actas de la inspección 478
Artículo 22. Contenido de las actas de inspección 479
Artículo 23. Formalización de las actas de inspección 479
Artículo 24. Clases de actas de inspección 479
Artículo 25. Actas de conformidad 480
Artículo 26. Actas de obstrucción 480
Artículo 27. Actas de advertencia 480
Artículo 28. Actas de infracción 480
Artículo 29. Comunicación de las actas 481
Artículo 30. Registro de las actas de la inspección 481
Sección 2.ª Otros documentos de la actuación inspectora 481
Artículo 31. Comunicaciones 481
Artículo 32. Informes 482
Artículo 33. Diligencias 482
Capítulo IV. Planes de inspección programada 482
Artículo 34. Planes de Inspección Programada 482
Artículo 35. Plan de Inspección Programada de periodicidad anual 483
Artículo 36. Planes de Inspección Programada de carácter extraordinario 483
Artículo 37. Contenido de los Planes de Inspección Programada 483
Artículo 38. Memorias de ejecución 483
Artículo 39. Unidades de actuación 484
Disposición transitoria 484
Única. Habilitaciones 484
Disposión derogatoria 484
Disposiciones finales 484
Primera. Habilitación para el desarrollo 484
Segunda. Entrada en vigor 484
Anexo 485
Índice Sistemático 487
Índice Analítico 525
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