Legislación de Andalucía sobre el turismo
399 §6.1. ORDEN DE 9 DE ABRIL DE 2010, POR LA QUE SE REGULAN LOS PREMIOS DE ANDALUCÍA DE TURISMO ( BOJA , núm. 77, de 22 de abril) 1 El artículo 71 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de turismo. La Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo, en su artículo 21, prevé la posibilidad de crear y otorgar distintivos de calidad, concesión de medallas, premios y galardones en recono- cimiento y estímulo a las actuaciones a favor del turismo. Mediante Orden de 14 de abril de 2005, la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, creó y reguló los Premios Andalucía del Turismo, si bien fue modificada posteriormente por Orden de 3 de marzo de 2006, en cuanto a las modalidades de premios se refiere. Actualmente, debido a la dinámica en el proceso de selección de las distintas candidaturas a estos premios, y en aras de una mayor eficacia y operatividad en el mismo, se considera opor- tuna una nueva regulación del referido procedimiento y concesión de los Premios Andalucía del Turismo. Con ello se persigue facilitar la tramitación de las solicitudes y dotar de mayor agilidad a todo el proceso. Asimismo, el uso cada vez más generalizado de las nuevas tecnologías, por el que se aboga intensamente desde la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, hace necesaria la inclusión de sistemas informatizados en el procedimiento que nos ocupa, tales como la presentación telemática de las solicitudes correspondientes a las candidaturas propuestas por los propios interesados o interesadas. Con esta nueva regulación también se quiere hacer especial hincapié en el objetivo y razón de ser de los propios Premios, los cuales se crearon para reconocer e incentivar a quienes vienen 1 Modificada por Orden de 15 de mayo 2014 (BOJA núm. 100, de 27 mayo 2014). A continuación se reproduce su exposición de motivos: «El artículo 71 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de turismo. La Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo en Andalucía, en su artículo 56.5, prevé la posibilidad de crear y otorgar distintivos, así como conceder medallas, premios y galardones, en reconocimiento y estímulo a las actuaciones desarrolladas en favor del turismo. Mediante Orden de 9 de abril de 2010, se establecen las modalidades, el procedimiento y se fijan los criterios que regulan los Premios Andalucía del Turismo. Uno de los objetivos fundamentales de la acción de gobierno de la Junta de Andalucía es articular medidas que favorezcan la creación de empleo estable y de calidad en el sector turístico. En este contexto también se consi- dera consecuente el reconocimiento institucional a las iniciativas, propuestas y actuaciones que se sustenten sobre una base sólida en materia laboral, estimulando de este modo a los empresarios que apuestan por la viabilidad del producto turístico y comercial a través del empleo. Para difundir aquellas buenas prácticas de empresas en la materia de empleo en el sector turístico se crea una nueva modalidad específica en los Premios Andalucía del Turismo. Con esta nueva regulación también se quiere hacer especial hincapié en el objetivo y razón de ser de los propios Premios, los cuales se crearon para reconocer e incentivar a quienes vienen desarrollando una labor desta- cada a favor del turismo de nuestra Comunidad Autónoma y, en tal sentido, se habrá de tener muy en cuenta, tal y como indica el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, la integración transversal del principio de igualdad de género, no sólo en la elaboración, sino en la ejecución y seguimiento de estas bases reguladoras de los Premios Andalucía del Turismo».
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