Legislación de Andalucía sobre el turismo

ΛΕΓΙΣΛΑΧΙΝ ∆Ε ΑΝ∆ΑΛΥΧ⊆Α ΣΟΒΡΕ ΕΛ ΤΥΡΙΣΜΟ 82 Artículo 12. Nombramiento y régimen de funcionamiento. 1. Las vocalías de la Comisión Permanente comprendidas desde el párrafo g) al j), ambos inclusive, del artículo 10, recaerán en las que formen parte del Pleno, siendo propuestas y nombradas según disponen los artículos 5 y 6, y resultándole de aplicación asimismo sus previsiones. 2. La Comisión Permanente se reunirá siempre que así lo disponga la presidencia, a iniciativa propia o a petición de la mitad de las vocalías. 3. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, la presidencia será sustituida de acuerdo al régimen establecido en el artículo 93.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre 21 . 4. Sin perjuicio de las previsiones contenidas en el presente artículo, su régimen de funciona- miento se adaptará a lo dispuesto para el Pleno en el artículo 9. Sección 3ª. Del Reglamento de Régimen Interior y de las Indemnizaciones por dedicación y asistencia Artículo 13. Reglamento de Régimen Interior. La propuesta de Reglamento de Régimen Interior del Consejo será aprobada por mayoría y regulará, en lo no previsto en el Decreto: a) El procedimiento de sustitución o cese de las vocalías del Consejo y de sus suplentes. b) El número, denominación, composición, atribuciones y régimen de funcionamiento de las Comisiones. c) El procedimiento de designación, suplencia, sustitución y cese de las personas re- presentantes de las organizaciones representativas de intereses sociales representadas en el Consejo. d) El régimen de convocatoria de las sesiones del Pleno y de las Comisiones. e) El régimen de participación o asistencia de las personas ajenas al Consejo a las sesio- nes del Pleno, de la Comisión Permanente y de las Comisiones que se creen. f) El régimen de las sesiones constitutivas del Consejo, una vez efectuado el nombra- miento de sus vocalías. g) La distribución del número de vocalías correspondientes a las organizaciones em- presariales y sindicales entre las eventuales entidades existentes que respete el principio de proporcionalidad en función de su representación. h) Aquellas otras que se estimen procedentes. 21 Véase la nota 13.

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