Legislación de Andalucía sobre el turismo
ΛΕΓΙΣΛΑΧΙΝ ∆Ε ΑΝ∆ΑΛΥΧ⊆Α ΣΟΒΡΕ ΕΛ ΤΥΡΙΣΜΟ 232 3. Atendiendo a la modalidad en la que está clasificado 40 . 3.1. Rural. Especialidades relacionadas en el Anexo I del Decreto 20/2002, de 29 de enero (LAN 2002, 45) . 3.2. Ciudad. Casas-cueva: Modelo de vivienda troglodita excavada en materiales blan- dos e impermeables de zonas rocosas. Se admite hasta un 50% de la superficie útil en cons- trucción tradicional, debiendo asegurar una adecuada ventilación directa de las estancias sin ventana exterior. ANEXO V. Requisitos relativos a la clasificación cuyo cumplimiento puede ser objeto de exención 41 1. Requisitos mínimos para el grupo de edificios/complejos de apartamentos turísticos (Anexo I). Apartado 1.3 Zona de comunicaciones. Pasillos. Anchura. Apartado 1.4 B) Zona de comunicaciones. Escaleras. Anchura mínima escaleras de usuarios. Apartado 2.1 B) Zona de usuarios. Unidades de alojamiento. Dimensiones. Altura mínima establecida de los techos en las unidades de alojamiento de los edifi- cios/complejos de apartamentos turísticos de todas las categorías, siempre que lo permita la normativa sectorial que le sea de aplicación. Apartado 2.2 B) Zona de usuarios. Dormitorios y Estudios. Superficie mínima en me- tros cuadrados por cama. Apartado 2.2 B) Zona de usuarios. Dormitorios. Superficie mínima total establecida para los dormitorios y estudios. Apartado 2.3 B) Zona de usuarios. Baños o aseos de las unidades de alojamiento. Requisitos mínimos en función a la categoría. Instalación de ducha independiente de la bañera en el cuarto de baño en los edificios/ complejos de apartamentos turísticos de cuatro llaves. Apartado 2.3 B) Zona de usuarios. Baños o aseos de las unidades de alojamiento. Porcentaje mínimo de unidades de alojamiento con cuarto de baño completo en los edificios/complejos de apartamentos turísticos de tres y cuatro llaves, hasta dos categorías inferiores a la declarada. Apartado 2.3 B) Zona de usuarios. Dimensiones mínimas establecidas en los baños o aseos de las unidades de alojamiento. Apartado 2.4 Zona de usuarios. Salón-comedor. Superficie mínima total y en metros cuadrados por plaza. Apartado 2.5 B) Zona de usuarios. Cocina. Superficie mínima establecida. 40 Ap. 3 modificado por disp. final 1.7 de Decreto 28/2016, de 2 de febrero (§5.6). 41 Modificado por art. 3.2 de Orden de 11 de noviembre 2016.
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