Legislación de Andalucía sobre el turismo

340 ΛΕΓΙΣΛΑΧΙΝ ∆Ε ΑΝ∆ΑΛΥΧ⊆Α ΣΟΒΡΕ ΕΛ ΤΥΡΙΣΜΟ TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I Disposiciones comunes Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación 10 . 1. El presente Decreto tiene por objeto la regulación de las empresas de intermediación turís- tica que se constituyan en agencias de viajes. 2. Se constituirán en agencias de viajes, en la forma prevista en el Decreto 35/2008, de 5 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Turismo de An- dalucí 11 , y en el presente Decreto, quienes se dediquen a la organización o comercialización de viajes combinados conforme a lo regulado en el Libro IV del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre 12 . 3. El ámbito de aplicación del presente Decreto está constituido por: a) Las agencias de viajes cuyo domicilio se encuentre en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. b) Las agencias de viajes cuya actividad se preste a través de los servicios de la socie- dad de la información, cuando se encuentre en Andalucía el lugar en que esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios. c) Los establecimientos que, perteneciendo a agencias de viajes domiciliadas fuera de Andalucía y legítimamente constituidas conforme a la normativa aplicable en su territorio, de- sarrollen su actividad en Andalucía. Artículo 2. Derogado 13 . Artículo 3. Derechos 14 . Sin perjuicio de los derechos que, con carácter general, reconoce a las empresas turísticas la Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo, las empresas de intermediación turística cons- tituidas en agencias de viajes inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía, tendrán derecho a utilizar en exclusiva la locución “agencia de viajes” con fines publicitarios, distintivos o identi- ficativos de la empresa. En particular, los términos “viaje” o “viajes”, sus sinónimos y palabras 10 Modificado por el artículo 4.2 del Decreto 80/2010, de 30 de marzo. 11 Norma derogada por la disposición derogatoria Única del Decreto 143/2014, de 21 de octubre. 12 BOE núm. 287, de 30 de noviembre; rect. BOE núm. 38, de 13 de febrero de 2008. 13 Derogado por el art. 4.3 del Decreto 80/2010, de 30 de marzo. 14 Modificado por el art. 4.4 del Decreto 80/2010, de 30 de marzo.

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