Legislación de Andalucía sobre el turismo

♣5.3 ∆ΕΧΡΕΤΟ 194/2010, ∆Ε 20 ΑΒΡΙΛ, ∆Ε ΕΣΤΑΒΛΕΧΙΜΙΕΝΤΟΣ ∆Ε ΑΠΑΡΤΑΜΕΝΤΟΣ ΤΥΡ⊆ΣΤΙΧΟΣ 205 Artículo 6. Derechos y obligaciones de las personas usuarias. 1. Las personas usuarias de los establecimientos de apartamentos turísticos tienen los dere- chos reconocidos, con carácter general, a las personas usuarias de servicios turísticos en el artículo 23 de la Ley 12/1999, de 15 de diciembre 11 . De manera específica, las personas usuarias tendrán derecho a exigir las condiciones, carac- terísticas y prestaciones concernientes al establecimiento, que figuren en la publicidad u oferta de contratación realizada para su comercialización, conforme a la normativa vigente sobre publicidad, comercio electrónico y defensa del consumidor y usuario. 2. Las personas usuarias de los establecimientos de apartamentos turísticos están sujetos a las obligaciones establecidas en el artículo 24 de la Ley 12/1999, de 15 de diciembre 12 . De manera específica, están obligados a formalizar el documento de admisión a que se refiere el artículo 24 del presente Decreto, con carácter previo al uso de las instalaciones. 3. Queda prohibido a las personas usuarias de establecimientos de apartamentos turísticos: a) Introducir muebles en las unidades de alojamiento o realizar obras o reparaciones en las mismas, sin autorización escrita de la empresa explotadora. b) Alojar mayor número de personas del fijado como capacidad máxima de la unidad de alojamiento. c) Ejercer actividades o usar la unidad de alojamiento para fines distintos de los propia- mente turísticos para los que fue contratada. d) Introducir aparatos que aumenten el consumo habitual de agua, energía eléctrica o combustibles, sin autorización de la empresa explotadora. Artículo 7. Derechos y deberes de las empresas explotadoras. 1. Las empresas explotadoras de establecimientos de apartamentos turísticos tienen los dere- chos reconocidos, con carácter general, a las empresas turísticas en el artículo 25 de la Ley 12/1999, de 15 de diciembre 13 , y, en particular, la posibilidad de solicitar garantía de pago por los servicios contratados, conforme a la legislación estatal aplicable. Sólo las empresas titulares de apartamentos turísticos inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía tienen derecho a la utilización exclusiva de la denominación «Apartamentos Turísticos» con fines publicitarios, distintivos o identificativos del establecimiento inscrito en Andalucía. 2. Las empresas explotadoras están sujetas a las obligaciones establecidas, con carácter ge- neral, para las empresas turísticas en el artículo 26 de la Ley 12/1999, de 15 de diciembre 14 , y a las contenidas en el presente Decreto. De manera específica, están obligadas a: a) Ajustarse al principio de veracidad en toda actividad de promoción comercial, publi- cidad u oferta de contratación que realicen, sea cual sea el medio utilizado, informando con 11 La referencia debe entenderse al artículo 21 Ley 13/2011 (§1). 12 La referencia debe entenderse al artículo 22 Ley 13/2011. 13 La referencia debe entenderse al artículo 23 Ley 13/2011. 14 La referencia debe entenderse al artículo 24 Ley 13/2011.

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