Legislación de Andalucía sobre el turismo
ΛΕΓΙΣΛΑΧΙΝ ∆Ε ΑΝ∆ΑΛΥΧ⊆Α ΣΟΒΡΕ ΕΛ ΤΥΡΙΣΜΟ 26 4. Corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de Turismo, acordar la formulación de los Marcos Estratégicos para la Ordenación de los Recursos y las Actividades Turísticas y, una vez sometidos a información pública y audiencia de las Administraciones afectadas, serán aprobados por Decreto del Con- sejo de Gobierno, previo informe del Consejo Andaluz del Turismo y del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales 44 . Artículo 13. Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía. 1. La Estrategia de Turismo Sostenible constituye un conjunto integrado de medidas dirigidas a implementar un sistema de planificación turística estratégica del territorio objeto de dichas actuaciones. 2. La Estrategia de Turismo Sostenible propondrá un modelo de planificación turística que, par- tiendo de la concertación local y centrado en la oferta turística del territorio, o de un producto o segmento turístico concreto, permita la consecución de los siguientes objetivos: a) Creación o mejora de productos turísticos. b) Fortalecimiento de la competitividad del sector turístico local. c) Creación, mantenimiento y mejora de espacios turísticos. d) Implantación de acciones de sostenibilidad medioambiental y adaptación al cambio climático. e) Implantación de modelos de gestión integral de la calidad en los destinos turísticos y su incidencia en el itinerario de consumo turístico. f) Desarrollo de actuaciones que favorezcan la accesibilidad turística. 3. La Estrategia de Turismo Sostenible será aprobada por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo. 4. La Estrategia de Turismo Sostenible comprenderá dos Iniciativas: a) La Iniciativa de Turismo Sostenible, que se define como el conjunto de medidas dinami- zadoras y participadas de fomento, dirigidas a espacios con un importante potencial turístico que cuentan con recursos patrimoniales naturales o culturales de interés. b) La Iniciativa de Ciudades Turísticas, que se define como el conjunto de medidas dinami- zadoras y participadas de fomento, dirigidas a crear espacios turísticos en redes de ciudades medias y, entre ellas, las declaradas por la Unesco como Patrimonio de la Humanidad, y a establecer o consolidar rutas culturales o itinerarios turísticos en los que, mediante una gestión integrada de los recursos patrimoniales en un marco geográfico coherente, sea posible ofertar productos de turismo de naturaleza, cultural o monumental de gran atractivo. 44 Con fecha 3 de junio de 2014 se aprobó el Acuerdo del Consejo de Gobierno, por el que aprueba la formulación del Marco Estratégico para la Ordenación de los Recursos y Actividades Turísticas denominado «Estrategia Integral de Fomento del Turismo de Interior Sostenible de Andalucía 2014-2020». Como resultado, mediante Decreto 77/2016, de 22 de marzo, se aprobó la Estrategia Integral de Fomento del Turismo de Interior Sostenible de Andalucía Horizonte 2020 ( BOJA núm. 68, de 12 de abril de 2016).
RkJQdWJsaXNoZXIy MTEw