Legislación de Andalucía sobre el turismo
ΛΕΓΙΣΛΑΧΙΝ ∆Ε ΑΝ∆ΑΛΥΧ⊆Α ΣΟΒΡΕ ΕΛ ΤΥΡΙΣΜΟ 450 Dicha solicitud se acompañará de la documentación detallada en el artículo siguiente y deberá ser suscrita por la persona o entidad promotora o por quien la represente, cumplimentando: a) Los datos identificativos de la persona física o jurídica promotora y, en su caso, de la perso- na representante que ostente poder suficiente. b) El medio preferente o el lugar a efectos de practicar las notificaciones que proceda efectuar. c) Las declaraciones responsables y compromisos relativos al cumplimiento de las prescrip- ciones y condiciones establecidas en esta Orden y en el Decreto 43/2008, de 12 de febrero (§6.3), así como de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud y documentación adjunta, en los términos previstos en el modelo que figura en el Anexo I. 3. La solicitud se dirigirá a la persona titular del órgano responsable para la tramitación del procedimiento. Artículo 8. Documentación. 1. La solicitud para la obtención de la declaración de campo de golf de interés turístico se acompañará de un dossier que, conforme a la estructura del Anexo II, incluya, al menos, la siguiente documentación: a) Identificación de la persona o entidad promotora. b) Documento identificativo de la actuación. c) Documento descriptivo de la realidad existente. d) Propuesta técnica del proyecto de campo de golf de interés turístico. e) Informe técnico expresivo de la incidencia territorial. f) Documentación de carácter ambiental. g) Informe técnico relativo a los aspectos turísticos. h) Informe técnico relativo a los aspectos deportivos. i) Memoria justificativa de la viabilidad y sostenibilidad social y medio ambiental. j) Planos y documentación gráfica. k) Acreditaciones, autorizaciones y certificaciones. 2. La documentación relacionada en el apartado anterior deberá contener la información nece- saria para la elaboración de los informes técnicos sectoriales contemplados en el artículo 12. Artículo 9. Lugares y medios de presentación de las solicitudes. 1. La presentación de las solicitudes debidamente cumplimentadas en el modelo establecido al efecto, junto a la documentación a que se refiere el artículo anterior, podrá efectuarse: a) Preferentemente por vía telemática en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía a través del Portal de la Junta de Andalucía ,www.juntadeandalucia.es , o de la página web de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte,www.juntadeandalucia. es/turismocomercioydeporte/, para lo que se deberá disponer de un certificado electrónico reconocido expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación cuyos
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