Legislación de Andalucía sobre el turismo

350 ΛΕΓΙΣΛΑΧΙΝ ∆Ε ΑΝ∆ΑΛΥΧ⊆Α ΣΟΒΡΕ ΕΛ ΤΥΡΙΣΜΟ ámbito geográfico de su habilitación, prestándose este servicio de conformidad con el Decreto 214/2002, de 30 de julio, Regulador de los Guías de Turismo de Andalucía 52 . Artículo 25. Menciones mínimas en la documentación y publicidad de las agencias de viajes. 1. En toda la correspondencia, documentación y publicidad realizada por una agencia de via- jes, cualquiera que sea el medio empleado, se indicará el código de identificación, el nombre comercial y el domicilio social 53 . 2. Asimismo, las agencias de viajes deberán mencionar, de forma expresa, en la documenta- ción de cada servicio turístico que oferten, si desempeñan la función de organizador, detallista o ambas. CAPÍTULO VII De la protección de las actividades de las agencias de viajes Artículo 26 54 . Artículo 27. Protección e identificación de la actividad. 1. Las personas físicas o jurídicas, instituciones, organismos y entidades de cualquier orden, tanto públicas como privadas, que oferten al público la realización de actividades exclusivas de las agencias de viajes habrán de hacerlo a través de una agencia de viajes legalmente constituida 55 . 2. En toda clase de publicidad que anuncie la realización de estas actividades tendrá que constar de manera destacada que de la organización técnica, la formalización de las reservas y la ejecución se encarga una agencia de viajes, citando los datos que se mencionan en el artículo 25.1. 3. La agencia de viajes que tenga a su cargo las funciones mencionadas será responsable del cumplimiento de las condiciones en que se ha anunciado el viaje y de todas las disposi- ciones legales relativas a la prestación de servicios turísticos por parte de las agencias de viajes. 4. Están excluidas de este régimen las actividades referidas cuando sean realizadas por en- tidades públicas o por asociaciones privadas regidas por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de 52 Norma derogada por la disposición derogatoria Única del Decreto 8/2015, de 20 de enero (§5.9). 53 Art. 31 Ley 13/2011(§1). 54 Art. derogado por el artículo 4.17 del Decreto 80/2010, de 30 de marzo. 55 Artículo 50.1 Ley 13/2011 (§1).

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