Legislación de Andalucía sobre el turismo
ΛΕΓΙΣΛΑΧΙΝ ∆Ε ΑΝ∆ΑΛΥΧ⊆Α ΣΟΒΡΕ ΕΛ ΤΥΡΙΣΜΟ 16 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto y finalidad de la Ley. 1. El objeto de la presente Ley es la ordenación, la planificación y la promoción del turismo sostenible. 2. En el marco del Estatuto de Autonomía la presente Ley tiene como finalidad: a) El impulso del turismo sostenible como sector estratégico de la economía andaluza, generador de empleo y desarrollo económico. b) La promoción de Andalucía como destino turístico, atendiendo a la realidad cultural, medioambiental, económica y social, favoreciendo la desestacionalización y garantizando el tratamiento unitario de su marca turística 11 . c) La determinación de las competencias de las diferentes Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con el turismo 12 . d) La protección de los recursos turísticos de acuerdo con el principio de sostenibilidad 13 . e) El estímulo del asociacionismo empresarial y profesional y la mejora de la competi- tividad del sector turístico, basada en la incorporación estratégica de criterios de calidad, la profesionalización de los recursos humanos, la innovación y la sostenibilidad. f) La erradicación de la clandestinidad y la competencia desleal en la actividad turística. g) La defensa y protección de las personas usuarias de los servicios turísticos 14 . h) El fomento del turismo como instrumento de comunicación y conocimiento entre los pueblos y culturas. i) El impulso de la accesibilidad universal a los recursos y servicios turísticos, así como el acceso a la información en igualdad de condiciones 15 . Artículo 2. Definiciones. A los efectos de la presente Ley, se entiende por: a) Turismo: las actividades que las personas realizan durante sus viajes y estancias en lugares distintos a su entorno habitual, por periodos temporales determinados. 11 Art. 56 Ley 13/2011 (§1). 12 Arts. 3 y 4 Ley 13/2011 (§1). 13 Art. 2. b) Ley 13/2011 (§1). 14 Art. 2. i ) Ley 13/2011 (§1). 15 Véase Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refun- dido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
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