Page 128 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
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LA MEJORA EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CLAVE EN EL SERVICIO A LOS CIUDADANOS
las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de aquella.
La fecha de entrada en los Registros de la Diputación Provincial de Almería de las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a la Administración General del Estado y a las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de aquella será válida a los efectos de cumplimiento de plazos por los interesados, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley.
Los Registros de la Diputación Provincial de Almería deberán remitir inmediata- mente los documentos, una vez registrados y, en todo caso, dentro de los tres días siguientes a su recepción, directamente a los órganos o entidades destinatarios.
4.4. Comunicaciones internas.
Los escritos y comunicaciones internas entre órganos de la Diputación de Alme- ría no se registrarán en las oficinas de registro, bastará con el recibí en la copia correspondiente, sin perjuicio de que el departamento que lo estime necesario pueda establecer un régimen particular.
4.5. expedición de recibos, copias selladas, cotejos/compulsas de documen- tos y copias auténticas.
1o. derecho a obtener recibo de la solicitud.
Cuando lo solicite el interesado se deberá expedir recibo que acredite la fecha de presentación, admitiéndose como tal el correspondiente sello del registro en la copia de la solicitud.
2o. derecho a obtener copia sellada de los documentos que se presenten junto con los originales (art. 35.c) de la ley).
En este caso los originales se quedan en la Diputación, la copia sellada por el Registro, tiene carácter de recibo que acredita que el original se encuentra en la Diputación, siendo válido a los efectos del artículo 35.f) de la Ley, así como para solicitar, en su caso, la devolución de los originales.
Los interesados podrán solicitar la devolución de los originales cuando finalice el procedimiento o actuación, de conformidad con lo que establezca la norma- tiva de aplicación.
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