Page 149 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
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                6. ANEXO I. REGLAMENTO DE CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA LEY 30/1992 LEY, DE 26 DE NOVIEMBRE
 aneXo nuM. II.
CoMunICaCIÓn pReVIsta en el aRtÍCulo 42.4 de la leY.
“En relación con su solicitud de fecha.............................., a través de la que (referencia a la pretensión formulada) y, en cumplimiento de lo previsto en el apartado 4 del artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción introducida por la Ley 4/1999, de 4 de enero, le informo de lo siguiente:
a) El procedimiento iniciado con su solicitud es un procedimiento denominado (se indicará este dato), cuyo objeto es (se expresará también).
b) El expediente abierto lleva el número “X” de la Unidad (se especificará la dependencia que tramita el procedimiento).
c) El plazo máximo que tiene la Diputación para resolver y notificar la resolu- ción correspondiente es de “x” meses (se señalará el precepto de la disposición que regula el procedimiento), plazo que se cuenta a partir del día “x”, fecha de entrada de su solicitud en el registro general de la Diputación.
d) Transcurrido el plazo señalado anteriormente sin que se le haya notificado la resolución pertinente, podrá entender estimada (o desestimada) su solicitud, conforme con lo señalado en (citar el precepto del texto legal que regula el pro- cedimiento).
e) Para cualquier información sobre el estado de tramitación del procedimiento puede dirigirse a (la dependencia correspondiente, con indicación de la vía pú- blica en que se encuentre, número de teléfono y fax, y horario de atención)”.
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