Page 226 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
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LA MEJORA EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CLAVE EN EL SERVICIO A LOS CIUDADANOS
tipo de expediente:
Materia: Subvenciones
utilización:
peRdIda del deReCHo de CobRo de una subVenCIÓn
dependencia Responsable de la tramitación:
Código:
sub-3
Es el procedimiento que se utiliza para dejar sin efecto, total o parcialmente, el abono de una subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la LGS.
Causas de perdida del derecho al cobro: De conformidad con lo previsto en el articulo 37 de la Ley son las siguientes:
a. Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.
b. Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adop- ción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.
c. Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.
d. Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión establecidas.
e. Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y con-
trol financiero.
f. Incumplimiento de las obligaciones contables y documentales, cuando de ello se derive
la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concu- rrencia de subvenciones u otras ayudas o ingresos.
g. Incumplimiento de otras obligaciones impuestas por la Administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios.
h. La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 87 a 89 del Tratado de la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de reintegro (ayudas otorga- das por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o ame- nacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones).
i. En los demás supuestos previstos en la normativa reguladora de la subvención.
Criterios de actuación:
En el supuesto de incumplimiento parcial de alguna de las causas anteriores, la fijación de la cantidad que no deba ser abonada al beneficiario se determinará en aplicación
del principio de proporcionalidad y teniendo en cuenta el hecho de que el citado incumplimiento se aproxime significativamente al cumplimiento total y se acredite
por los beneficiarios una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos. Se estará a los criterios establecidos en las bases reguladoras.
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