Page 235 - La Mejora en los Procedimientos Administrativos clave en el Servicio a los Ciudadanos
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7. ANEXO II. ORDENANZA DE SUBVENCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE SUBVENCIONES
documentos mínimos:
1. Informe de control financiero.
2. Notificación por la Intervención Provincial a los beneficiarios o entidades colaborado-
ras que del informe de control financiero.
3. En su caso las alegaciones del beneficiario.
4. Orden de proceder del Delegado.
5. En su caso Informe técnico.
6. Informe jurídico.
7. Propuesta de acuerdo o resolución motivada.
en caso de discrepancia con el informe de control financiero:
8. Resolución del Presidente de la Diputación.
9. En caso de que se resuelva la discrepancia en el sentido de que no procede iniciar
el procedimiento de reintegro notificación de esta resolución al interesado.
10. Comunicación de la resolución a Intervención.
Cuando no se produzca discrepancia entre lo establecido en el informe de control financiero y el criterio del Área gestora se seguirá el siguiente procedimiento:
8. Acuerdo del órgano competente aprobando el inicio del expediente de reintegro.
9. Notificación del acuerdo anterior al interesado y traslado interno a la Intervención
Provincial.
8. En su caso alegaciones.
9. Comunicación a Intervención de las alegaciones que se presenten.
10. Informe de Intervención en caso de que se hayan presentado alegaciones.
11. En caso necesario informe técnico.
12. Informe jurídico de la dependencia.
13. Propuesta del Delegado resolviendo el procedimiento
en caso de discrepancia con el informe de intervención:
14. Resolución del Presidente de la Diputación.
15. En caso de que se resuelva la discrepancia aceptando las alegaciones, se acordará
archivar el expediente de reintegro.
16. Comunicación de la resolución a Intervención.
17. Notificación al interesado.
Cuando no se produzca discrepancia entre lo establecido en el informe de Interven- ción y el criterio del Área gestora se seguirá el siguiente procedimiento:
14. Acuerdo del órgano competente aprobando el expediente de reintegro.
15. Notificación del acuerdo anterior al interesado y traslado interno a la Intervención
Provincial.
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