Page 553 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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Las actividades económicas titularidad de la Administración Autonómica
ticas de la administración autonómica, habitualmente se produce como respuesta a situaciones de crisis; como objetivo inmediato la intervención de los poderes públicos pretende el mantenimiento del empleo, aunque no debe olvidarse que, tras el oportuno proceso de saneamiento, dichas empresas deberán retornar al sector privado. El diverso origen de las empresas de uno y otro tipo tiene su reflejo en la negociación colectiva. Por más que en ambos supuestos nos encontremos ante em- presas sometidas a la legislación laboral, en el primer supuesto, cuando se produce la negociación abundan los convenios colectivos de ámbito empresarial ligados a la negociación colectiva de las Administraciones Públicas, pero en otras muchas ocasiones la ausencia de actividad negociadora propicia la aplicación del convenio colectivo de sector, salvo cuando por acuerdo de empresa o, únicamente para los trabajadores afectados por la transmisión de determinadas actividades por aplica- ción del régimen previsto en el artículo 44 ET, les sean aplicables las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo de la Junta de Andalucía16; en el segundo grupo, encontraremos convenios colectivos de empresa vinculados a las tradiciones negociales del sector de actividad de referencia e incluso, en algunos supuestos, la adscripción de la empresa al convenio colectivo del correspondiente sector.
A continuación, se relacionan las sociedades mercantiles en cuyo capital social la Junta de Andalucía posee una participación mayoritaria:
Comercializadora de Productos Andaluces, S.A., creada por Acuerdo del Con- sejo de Gobierno de 11 de abril de 1984 y propiedad de la Consejería de Comercio, Turismo y Deporte, tiene como objetivo la promoción y el apoyo a la Internacio- nalización de las Empresas Andaluzas por lo que, entre otras tareas, desarrolla la planificación, diseño y ejecución de acciones de promoción de las empresas y los productos andaluces en el exterior.
Empresa Andaluza de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A., propiedad del Instituto Andaluz de la Juventud, creada por Decreto 153/1990, de 22 de mayo, (BOJA 29 junio 1990), tiene por objeto la gestión de instalaciones juveniles y cua-
16 A modo de ejemplo, el art. 3 Decreto 46/1993, de 20 de abril (BOJA núm. 55, de 25 de mayo), en relación a la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, establece:
“El personal funcionario de la Junta de Andalucía adscrito a aquellos servicios que, llegado el caso, pudieran ser asumidos por la nueva entidad como consecuencia de nuevos cometidos encomendados a la misma, podrá solicitar su incorporación a la Empresa Pública de Gestión de Programas y Actividades Culturales y Deportivas quedando en sus cuerpos de origen en la situación de excedencia voluntaria prevista en el artículo 29.3.a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
Asimismo el personal laboral de la Junta de Andalucía adscrito a servicios en los que pudiera concurrir la anterior circunstancia, se integrará en la Empresa Pública de Gestión de Programas y Actividades Culturales y Deportivas en los términos del artículo 44 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo”.
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