Page 657 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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lación requerida para su obtención y que a su vez sea la exigible en los procesos concursales.
- Desarrollar en el ámbito del IMP planes de formación específica vincula- dos con las necesidades de los puestos.
- La adopción de las medidas necesarias en orden a la consecución de los siguientes objetivos:
- La permanente adecuación y adaptación de las empleadas y empleados públicos a las exigencias y requerimientos profesionales en la presta- ción de servicios públicos eficientes.
- La mejora de la motivación y el rendimiento en la formación, fomen- tando para ello la adecuada evaluación de las actividades formativas, en función de las características de las mismas, que deberá repercutir en los criterios de aprovechamiento a través de la expedición de los correspondientes certificados.
- Favorecer la carrera profesional y la carrera administrativa, mediante Cursos de Formación específicos para la promoción interna, adecuados en sus contenidos a los conocimientos de los cuerpos y especialidades de origen y acceso.
- Estudio de aquellos puntos relativos a formación del acuerdo de 26 de febrero de 1996 prorrogado por acuerdo de 29 de diciembre de 1998, que se estime, son susceptibles de actualización.
- Establecimiento de medidas tendentes a fomentar la formación en idio- mas del personal funcionario mediante su valoración específica en los baremos de los procesos de provisión y promoción.
- Fomento de los cursos de formación específica para facilitar la pro- moción profesional mediante la adquisición de grados superiores a los consolidados.
1O. ACCIÓN SOCIAL Y PREMIO DE JUBILACIÓN.
1. Se considera Acción Social al conjunto de procedimientos, ayudas, medi- das, actividades o programas encaminados a promover el bienestar social del perso- nal de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus familiares.
En este sentido, las actuaciones futuras a desarrollar deberán partir de un análisis crítico de lo llevado a cabo hasta el presente y, en consecuencia, establecer
Anexos: Textos de los Convenios y Acuerdos Colectivos
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