Page 313 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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4 .2 . adaptación medioambiental de las estructuras productivas . especial referencia a las agrarias .
A la hora de evaluar los costes del ajuste medioambiental del sistema producti- vo hay que tomar en consideración, por una parte, las inversiones derivadas de la superación del déficit histórico y, por otra, las que genera la adaptación a las normas de la C.E.E. y las derivadas del ajuste productivo de los diferentes sec- tores. La primera conclusión que se obtiene de estos razonamientos es que una región como la andaluza, donde los recursos naturales juegan un papel funda- mental en la definición del modelo de desarrollo económico, debe contar con una atención específica por parte de la Comunidad Europea a la financiación de los programas necesarios para adaptar el aparato de producción regional a los están- dares ambientales comunitarios, así como para la superación de los desajustes en este campo, heredados por el funcionamiento de un sistema arcaico. Esto no se ha hecho realidad totalmente, aunque debe reconocerse el esfuerzo de la Unión Europea, mediante el Fondo de Cohesión307 y los Fondos Estructurales, funda- mentalmente, para financiar actuaciones que conlleven un ajuste de la calidad medioambiental de Andalucía y España, para que se aproximen al resto de los Estados miembros.
“Esta solidaridad se consolidó en 1986 con la aprobación del Acta Única Europea (AUE). A través de este nuevo Tratado, la Comunidad se compro- metió a ampliar notablemente la intervención de sus Fondos Estructurales, promesa que concretó en 1988 al decidir duplicar progresivamente a lo
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largo de cinco años la dotación presupuestaria de dichos instrumentos”
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Un sector que tiene un gran impacto en el Medio Ambiente es el de la minería, que afecta al medio natural en diversas formas, tanto al paisaje, como al suelo, a la atmósfera y a los recursos hídricos. En Andalucía existen varias comarcas en situación crítica: el Andévalo onubense, Aznalcóllar, Guadalcanal, Peñarroya, La
307 “El Tratado de la Unión Europea preveía en su artículo 130 D la creación de un Fondo de Cohesión antes del 31 de diciembre de 1993 que proporcionara una contribución financiera a proyectos en los sectores del Medio Ambiente y de las redes transeuropeas del transporte. [...] El 16 de mayo de 1994 se promulgó el Reglamento C.E.E. 1.164/1994, del Consejo, por el que se plasmaba en la realidad el mandato del artículo 130 D. Éste sería publicado en el D.O.C.E. con fecha de 25 de mayo de 1994, en su núm. 130. Este Fondo había tenido su antecedente en el Instrumento Financiero de Cohesión, aprobado mediante Reglamento C.E.E. 792/1993, del Consejo”.
PRIETO RODRÍGUEZ, S.: El Programa de Forestación de Tierras Agrarias en la provincia de Huelva. Universidad de Huelva. Huelva. 2001. Pág. 79. (Tesis de licenciatura inédita).
También se puede consultar el carácter medioambiental del Fondo de Cohesión en la obra citada de CORRAL ANUARBE.
308 CORRAL ANUARBE, P.: Vademécum de ayudas financieras y subvenciones de la Unión Europea. Mc Graw Hill. Madrid. 1997. Pág. 17.
II. MARCO TEÓRICO
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