Page 411 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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h) Mejoras de las infraestructuras necesarias, especialmente las de los rega- díos.
i) Gestión y control de las ayudas públicas a los sectores agrario, pesquero y agroalimentario.
j) Pesca en aguas interiores, marisqueo y acuicultura.
k) Corporaciones de derecho público adscritas a la Consejería”.
Igual que ocurre con la Consejería de Medio Ambiente, en este caso, la estructura orgánica es la clásica de un departamento administrativo burocratizado con la existencia de una Viceconsejería, una Secretaria General de Agricultura y Gana- dería y varias Direcciones Generales, junto a la Secretaría General Técnica, todos bajo la superior dirección del Consejero. Pero el caso de la Consejería de Agricul- tura y Pesca tiene una ventaja, pues además de las Delegaciones Provinciales en cada capital de provincia de la Comunidad Autónoma, cuenta con una extensa Red de Oficinas Comarcales Agrarias que facilita el acercamiento a las diferentes comarcas agrícolas y ganaderas y, el conocimiento de sus inquietudes, así como la tramitación de los múltiples expedientes que pueden generar las explotaciones agrícolas. En concreto, el Decreto 4/1996, de 9 de enero, sobre las Oficinas Co-
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marcales Agrarias y otros servicios y centros periféricos de la Consejería sus funciones en las siguientes:
, fija
a) Preparación de los estudios necesarios para la planificación de actuaciones en la comarca, atendiendo a sus peculiaridades, que permitan su desarrollo integrado.
b) Información al sector agrario de cuantos aspectos puedan ser de su interés e información a los servicios provinciales de la situación sectorial y coyuntural en su territorio.
c) Información al agricultor en relación a la gestión de ayudas.
d) Promover el desarrollo rural integral y, en general, las actividades que per- mitan diversificar las rentas de los productores agrarios y la generación de riqueza y empleo.
e) Participación en el proceso de transferencia de tecnología al sector agrope- cuario, promoviendo ensayos, demostraciones, jornadas técnicas y cursillos, facilitando la formación y capacitación de los agricultores.
f) Control pecuario, gestión de registros y control de las actividades agrícolas y ganaderas, así como las inspecciones agropecuarias en general.
II. MARCO TEÓRICO
  488 BOJA núm. 17, de 3 de febrero de 1996.
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