Page 412 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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EL PROGRAMA DE MEDIDAS AGROAMBIENTALES EN LA PROVINCIA DE HUELVA
g) Asesoramiento y apoyo técnico a los productores agrarios.
h) Promoción del asociacionismo agroalimentario para la mejora de la produc- ción, transformación y comercialización de la producción agraria.
i) Cuantas otras funciones determine el Delegado Provincial.
De las mencionadas funciones se desprende la bondad de este instrumento, que debidamente utilizado proporciona una comunicación de doble sentido muy inte- resante tanto para el conocimiento de la situación del agro andaluz, como para la participación de éste en la planificación de las medidas que se pretendan adoptar, desde las instancias públicas competentes en la materia. Por supuesto, su prime- ra misión es ayudar a los equipos de las Delegaciones Provinciales a realizar las labores que tienen encomendadas. La eficacia de su gestión también depende de que tengan asignados los recursos, tanto personales como materiales, suficientes para completar con éxito sus funciones. No siempre ha sido así, por lo que desde la dirección superior de la Consejería debe tenerse en cuenta que una parte muy importante de su gestión depende de la correcta provisión de medios que tengan las Oficinas Comarcales Agrarias.
5 .3 .
“El personal y medios pertenecientes a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía se encontraban dispersos en el medio rural. Con esta reorganización la utilización de los medios materiales y de los recursos humanos se realiza con mayor racionalidad. Se descentralizan decisiones, con lo que se acerca la Administración al administrado, conociéndose me- jor los problemas suscitados y se realizan las resoluciones más apropiadas. [...] La medida incluye el acondicionamiento de edificios destinados a se- des de las OCAs, mediante la formalización de convenios de colaboración con los Ayuntamientos de los municipios correspondientes y la realización de las actuaciones necesarias para dotarlas de los medios materiales ade-
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cuados para el desempeño de sus funciones”
ordenamiento local .
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En cuanto a las competencias municipales en materia de Medio Ambiente deben situarse necesariamente en el marco de la Ley del Régimen Local, de 2 de abril de
489 DIRECCIÓN GENERAL DE FONDOS EUROPEOS DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA: FEOGA Orientación. Programa Operativo Agricultura y Desarrollo Rural 1994-1999. Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía. Sevilla. 2001. Págs. 44 y 45.
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